SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0007/2023-S4
Fecha: 03-Mar-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa Resolución de imputación formal presentada el 15 de octubre de 2021, por la Fiscal de Materia asignada al caso, dentro el proceso penal por la presunta comisión de los delitos de incumplimiento de deberes, uso indebido de influencias y resoluciones contrarias a la constitución y las leyes, instaurado a denuncia de Claudia Marcela Castro Dorado contra Patricia Goyzueta Morón, solicitando la aplicación de medidas cautelares de carácter personal, consistentes en la detención preventiva de la ahora accionante (fs. 10 a 24).
II.2. A través del Proveído de 19 de octubre de 2021, el Juez de Instrucción, Anticorrupción y Contra la Violencia Hacia la Mujer Segundo del departamento de La Paz, señaló audiencia de consideración de medidas cautelares para el 22 de igual mes y año (fs. 37).
II.3. Por memorial presentado el 22 de octubre de 2021, la ahora solicitante de tutela denunció violación del derecho a la defensa y solicitó la suspensión de la audiencia de medidas cautelares (fs. 51 a 52).
II.4. Mediante memorial presentado el 22 de octubre de 2021, la accionante presentó excepciones de prejudicialidad e incidentes de nulidad por incumplimiento del art. 92 del CPP, que atenta el derecho a la defensa y el debido proceso, así como de actividad procesal defectuosa por falta de fundamentación de la imputación formal (fs. 53 a 59).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO | I. Durante la etapa preparatoria las excepciones e incidentes se tramitarán por la vía incidental por una sola vez, ofreciendo prueba idónea y pertinente.
- “ARTÍCULO 314. (TRÁMITES).
- II. La jueza o el juez de Instrucción en lo Penal dentro del plazo de veinticuatro (24) horas, señalará audiencia y notificará a las partes con la prueba idónea y pertinente. La audiencia se llevará a cabo dentro del plazo de tres (3) días, en la cua
- III. Excepcionalmente, durante la etapa preparatoria y juicio oral, el imputado podrá plantear la excepción por extinción de la acción penal, ofreciendo prueba idónea y pertinente, la cual será notificada a las partes conforme establece el numeral 4
- POR TANTO