SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0089/2023-S1
Fecha: 24-Mar-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Consta OFICIO 1205/2021 de 11 de noviembre, dirigido por el JUZGADO DE INSTRUCCIÓN ANTICORRUPCIÓN Y DE MATERIA CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES Nº 4 DE LA CIUDAD DE LA PAZ" (sic)., ante el “JUEZ DEL TRIBUNAL DE SENTENCIA ANTICORRUPCIÓN Y VIOLENCIA HACIA LA MUJER 1º DE LA CIUDAD DE LA PAZ”, que refiere, devolución de obrados dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a instancia de Carmen Catalina Suca Quispe en contra de Celestino Mamani Dorado por la presunta comisión del delito de violación niño, niña y adolescente -el sello de recepción no se encuentra legible- (fs. 27).
II.2. Por informe de 16 de noviembre de 2021, Noemi Mery Mullisaca Durán, Secretaria Abogada del Juzgado de Instrucción Anticorrupción y Contra la Violencia Hacia la Mujer Cuarta de la Capital del departamento de La Paz; señaló que María Melina Lima Nina, se encontraba con permiso por lo que devolvía cedulón de la acción de libertad; asimismo, agregó que en la causa del “MP C/ CELESTINO MAMANI DORADO fue dejado en revisión en el Tribunal de Sentencia Anticorrupción y Violencia Contra la Mujer 1º, en fecha 12 de noviembre de 2021, debido a que el mismo contaba con acusación particular” [sic. (fs. 13)].