SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL
0021/2023-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0021/2023-S3

Fecha: 09-Mar-2023

POR TANTO

El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 008/2022 de 11 de febrero, cursante de fs. 57 a 60, pronunciada por el Juez de Sentencia Penal Tercero de la Capital del departamento de La Paz; y en consecuencia: CONCEDER la tutela impetrada en los mismos términos que el Juez de garantías, disponiendo:

La restitución provisional de la menor de edad BB bajo la responsabilidad materna, entretanto se resuelva la demanda de guarda instaurada por el accionado ante el Juzgado de Familia Decimosegundo de la Capital del departamento de La Paz.

2°  Llamar la atención a la Defensoría de la Niñez y Adolescencia de la zona Sur Mallasa del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, por su actuar displicente respecto a la denuncia de presunta violencia ejercida contra la menor de edad; exhortando a dicha instancia que, en cuanto corresponda, acuda ante el Juzgado de Familia Decimosegundo de la Capital del departamento de La Paz, ante quien se discute la guarda de dicha menor de edad, a efecto de poner a conocimiento de la autoridad judicial a cargo, las actuaciones correspondientes a fin de verificar el estado en el que se encuentra la menor y efectuar el seguimiento correspondiente en resguardo de su integridad física, psicológica y emocional.

Que por Secretaría General de este Tribunal Constitucional Plurinacional, se notifique al Juzgado Público de Familia Decimosegundo de la Capital del departamento de La Paz, para que dentro del proceso de homologación de acuerdo transaccional de asistencia familiar seguido por el accionado y la peticionante de tutela, asuma las medidas que sean necesarias para precautelar el interés superior de la menor de edad -hija de AA y CC-, en la definición de su situación jurídica.

Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.

Fdo. MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas            

MAGISTRADA

Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori

 MAGISTRADO