SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0041/2023-S2
Fecha: 20-Mar-2023
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 26/2021 de 5 de noviembre, cursante de fs. 15 a 16 vta., pronunciada por la Jueza de Sentencia Penal Séptima de la Capital del departamento de Santa Cruz; y en consecuencia:
1° CONCEDER la tutela impetrada, con los Fundamentos Jurídicos expuestos en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.
2º Disponer dejar sin efecto el decreto de 27 de octubre de 2021, dictado por la Jueza de Sentencia Penal Decimocuarta de la Capital del departamento de Santa Cruz, debiendo en el plazo de cuarenta y ocho horas de su legal notificación con la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, señalar audiencia para considerar la solicitud de cesación de las medidas cautelares personales al vencimiento del plazo dispuesto respecto al cumplimiento de la detención preventiva establecido el 14 de marzo de 2021, salvo que ya se hubiera resuelto por efecto de la Resolución 26/2021 de 5 de noviembre.
3º Llamar la atención a la autoridad demandada por la inobservancia de la normativa penal prescrita en la Ley de Abreviación Procesal Penal y de Fortalecimiento de la Lucha Integral Contra la Violencia a Niñas, Niños, Adolescentes y Mujeres, y adecuar futuros actuados conforme al entendimiento desarrollado en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. MSc. Carlos Alberto Calderón Medrano
MAGISTRADO
Fdo. MSc. Brigida Celia Vargas Barañado
MAGISTRADA