SENTENCIA CONSTITUCIONAL
PLURINACIONAL 0091/2023-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0091/2023-S3

Fecha: 23-Mar-2023

II. CONCLUSIONES

De la revisión de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:

II.1.  Cursa decreto de 28 de mayo de 2021, emitido por María Melina Lima Nina, Jueza de Instrucción Anticorrupción y de Materia contra la Violencia hacia las Mujeres Cuarta de la Capital del departamento de La Paz, dentro del proceso penal signado con NUREJ 201102012102902, seguido por el Ministerio Público a instancias de la AJAM contra Diego Guillermo Benavides Arancibia -hoy impetrante de tutela- y otros, por la presunta comisión de los delitos de uso indebido de influencias, resoluciones contrarias a la Constitución y las Leyes e incumplimiento de deberes, correspondiente al Código Único 201102032100100, refiriendo que se tiene presente la comunicación sobre el inicio de las investigaciones preliminares adjunta a la nota de 23 de abril de 2021, presentada ante su despacho el 27 de mayo de igual año; de igual manera, señaló que el caso se encuentra bajo dirección funcional de Salomé Ramos López, Fiscal de Materia; en consecuencia, regístrese el mismo en el libro de control jurisdiccional (fs. 16).

II.2.  Consta Resolución de Aprehensión de 11 de junio de 2021, emitida por Adolfo López Trujillo Fiscal de Materia ahora accionado, por la cual ordenó la aprehensión del peticionante de tutela, indicando que una vez ejecutado el “mandamiento” por el investigador asignado al caso o por cualquier otra autoridad hábil y no impedida por ley, el aprehendido deberá ser remitido ante su autoridad y posteriormente ante el “Órgano de Control Jurisdiccional” que conoce la causa para que el mismo determine su situación procesal, previa resolución fiscal (fs. 23 a 28).

II.3.  Cursa Orden de Aprehensión de 11 de junio de 2021, emitida por el Fiscal de Materia accionado ordenando la aprehensión del accionante (fs. 29).