Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0061/2023-S2
Fecha: 23-Mar-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados se establece lo siguiente:
II.1. Consta acta de audiencia pública de Vista y Resolución de apelación de medida cautelar de 19 de noviembre de 2021, emitida por Mirtha Mabel Montaño Torrico Vocal de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba -hoy demandada-, por la que se declaró improcedente el recurso de apelación incidental formulado por Victor Ramirez Callejas -ahora accionante- contra el Auto Interlocutorio de 27 de octubre de igual año (fs. 31 a 35).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Por su parte, la Vocal ahora demandada en el Auto de Vista de 19 de noviembre de 2021 fundamentó: 1) De acuerdo al art. 398 del CPP, en el caso concreto, la competencia del Tribunal de alzada se encuentra delimitada a la solicitud de la parte impetra