SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0157/2023-S1
Fecha: 29-Mar-2023
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución 03/2021 de 13 de agosto, cursante de fs. 117 a 125, pronunciada por la Jueza Pública Mixta Civil y Comercial de Partido de Trabajo y Seguridad Social Segunda de Bermejo del departamento de Tarija; y en consecuencia:
1° CONCEDER en todo la tutela solicitada respecto de los derechos al trabajo, a una remuneración justa y demás derechos conexos y elementales que devienen del mismo, conforme a los Fundamentos Jurídicos expuestos en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, y,
2° Disponer lo siguiente:
a) La reincorporación inmediata del impetrante de tutela al mismo cargo que desempeñaba sus funciones antes de su desvinculación; y,
b) El pago de sueldos devengados y demás beneficios sociales que la ley establece, desde el día de su desvinculación ilegal, más costas y costos procesales, averiguables en ejecución de sentencia ante el Juzgado de garantías.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. MSc. Georgina Amusquivar Moller
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- V. Sin perjuicio de lo dispuesto en el parágrafo IV del presente artículo, la trabajadora o trabajador podrá interponer las acciones constitucionales que correspondan, tomándose en cuenta la inmediatez de la protección del derecho constitucional de e
- POR TANTO
- MAGISTRADA