SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0131/2023-S2
Fecha: 03-Abr-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa denuncia penal de 29 de julio de 2020, ante el Ministerio Público contra los José Luis Aduviri Zeballos y Beatriz Peña Sánchez -terceros interesados- formulada por Félix Cuestas Ajhuacho, Aleida Quispe Canaviri y Mery Quispe Fuertes de Cuestas, por la presunta comisión de los tipos penales de estafa y estelionato (fs. 34 a 38).
II.2. Se tiene imputación formal de 5 de octubre de igual año, contra los peticionantes de tutela dirigido al Juez de Instrucción Penal Sexto de la Capital del departamento de Potosí, por la presunta comisión del delito de estafa (fs. 17 a 19).
II.3 Consta requerimiento conclusivo de sobreseimiento de 6 de mayo de 2021, a favor de los terceros interesados, por la presunta comisión del citado delito (fs. 8 a 11).
II.4. Por memoriales de 17, 18 y 20 de mayo de 2021, los peticionantes de tutela impugnaron el señalado requerimiento conclusivo (fs. 26 a 33 vta. y 39 a 43 vta.).
II.5. Mediante Resolución FDP- T.I.S./R.CH.G. 120/2021 de 1 de junio, Roxana Choque Gutiérrez, Fiscal Departamental de Potosí -demandada- ratificó el requerimiento conclusivo de sobreseimiento de 6 de mayo de 2021, notificado a los impetrantes de tutela el 17 de agosto del mismo año (fs. 2 a 6 vta.).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Por otro lado, tomando en cuenta que también se denunció la vulneración del acceso a la justicia o tutela judicial efectiva, se evidencia que al estar debidamente fundamentada y motivada la decisión cuestionada, si bien se impidió la continuación del