SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0169/2023-S4
Fecha: 28-Abr-2023
Encabezado
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0169/2023-S4
Sucre, 28 de abril de 2023
SALA CUARTA ESPECIALIZADA
Magistrado Relator: René Yván Espada Navía
Acción de amparo constitucional
Expediente: 46233-2022-93-AAC
Departamento: Cochabamba
En revisión la Resolución 015/2022 de 11 de febrero, cursante de fs. 1491 a 1498 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Jorge Inochea Rojas, Director Académico y Rubén Rocha Pérez, como propietario y representante legal de la Unidad Educativa Privada “San Agustín de Quillacollo”, respectivamente y, en representación de Omar Ricardo Soto Pérez y Elizabeth Virginia Angulo Rocha, Presidente y Vicepresidenta del Consejo Educativo Socio Comunitario Productivo de Padres y Madres de Familia contra Iván Wilfredo Villa Bernal, Jesús Marca Pita y Betzabet Colque Castro, Director, Jefe de la Unidad de Asuntos Jurídicos y Profesional Jurídica, todos de Dirección Departamental de Educación de Cochabamba, respectivamente.
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Respecto a la segunda finalidad, tanto la SCP 2221/2012 como la SCP 0100/2013, señalan que la arbitrariedad puede estar expresada en una decisión: i) Sin motivación, cuando la resolución no da razones que la sustenten; ii) Con motivación arbitraria,