SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0180/2023-S4
Fecha: 28-Abr-2023
II. CONCLUSIÓN
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Mediante memorial presentado el 29 de junio de 2021, al Gerente de Seguro de COSSMIL, Carlos Eloy Sabino Sillerico Salinas –ahora accionante– solicitó el pago de cesantía (fs. 3 a 4). Ante lo cual, a través de nota GSE.DPR. UCI 186/2021 de 23 de julio, Elmer Clavijo Rodríguez, Gerente de Seguros a.i. COSSMIL, dio respuesta manifestando que se desestima la referida petición debido a la presentación extemporánea, habiendo prescrito su derecho por el trascurso del tiempo en aplicación del art. 185 inc. a) de la Ley de Seguridad Social Militar (LSSM) –Decreto Ley 1191 de 21 de octubre de 1974–, devolviéndose la documentación presentada al efecto (fs. 12).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIÓN
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- En ese marco, de obrados se advierte que, en efecto, el impetrante de tutela ante su retiro voluntario de las FFAA, aceptado el 28 de agosto de 2017; el 29 de junio de 2021 mediante memorial dirigido al Gerente de Seguros de COSSMIL solicitó el pago