SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0338/2023-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0338/2023-S1

Fecha: 28-Abr-2023

III.   El régimen de seguridad social cubre atención por enfermedad, epidemias y enfermedades catastróficas; maternidad y paternidad; riesgos profesionales, laborales y riesgos por labores de campo; discapacidad y necesidades especiales; desempleo y

(…)” (las negrillas adicionadas).

Artículo 70. Toda persona con discapacidad goza de los siguientes derechos:

1.   A ser protegido por su familia y por el Estado.

2.   A una educación y salud integral gratuita.

3.   A la comunicación en lenguaje alternativo.

4.   A trabajar en condiciones adecuadas, de acuerdo a sus posibilidades y capacidades, con una remuneración justa que le asegure una vida digna.

5.   Al desarrollo de sus potencialidades individuales.

Artículo 71