SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0117/2023-S2
Fecha: 03-Abr-2023
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR en parte la Resolución 18/2022 de 27 de enero, cursante de fs. 111 a 114 vta., pronunciada por la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; y en consecuencia:
1° CONCEDER en parte la tutela impetrada, disponiendo que el Gerente de la Mutualidad del Magisterio Nacional, dé cumplimiento íntegro a la Conminatoria J.D.T.L.P./C.P.E. ART. 48-49/D.S.0495/ 063/2021 de 6 de mayo, emitida por la Jefatura Departamental de Trabajo La Paz, y proceda con la reincorporación de la accionante al mismo puesto que ocupaba al momento de ser desvinculada, más el pago de salarios devengados y demás derechos sociales y laborales que correspondan; y,
2° DENEGAR la tutela respecto a Antonio Manu Ramírez, Presidente de la citada Mutualidad, con base en los fundamentos expuestos en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
MSc. Brigida Celia Vargas Barañado
MAGISTRADA
MSc. Carlos Alberto Calderón Medrano
MAGISTRADO