Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0291/2023-S1
Fecha: 24-Abr-2023
CUARTA.- (PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO)
EL (LA) CONTRATADO (A) prestará los servicios en forma eventual a partir del 02 de enero de 2020 hasta el 30 de abril de 2020 sin lugar a tácita reconducción (sic [fs. 362 a 363 vta.]).
II.4. Consta Contrato de Prestación de Servicios Personal Eventual A-04-0008-20 de 4 de mayo de 2020, suscrito entre Manuel Alejandro Machicado Orsi, Director Nacional a.i. del INRA y el solicitante de tutela, del cual las Cláusulas Tercera y Cuarta, establecen el objeto y el plazo de prestación de servicios:
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- TERCERA.- (OBJETO DEL CONTRATO)
- CUARTA.- (PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO)
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Respecto a la solicitud del accionante en sentido de que se disponga la reconducción de su contrato hasta que su hijo cumpla un año de edad se tiene que el contrato concluía el 31 de diciembre del 2011, en este sentido el accionante invoca el