SENTENCIA CONSTITUCIONAL
PLURINACIONAL 0329/2023-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0329/2023-S1

Fecha: 25-Abr-2023

II. CONCLUSIONES

Del análisis y compulsa de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:

II.1.  Cursa “Documento privado de compromiso de venta” de 10 de abril de 2013, protocolizado por Marcela Arauz Calderón, Notario de Fe Pública 58 de Santa Cruz de la Sierra (fs. 108 a 109 vta.). Asimismo, consta minuta de transferencia de un lote de terreno de 17 de diciembre de 2013, suscrita ante la Notario de Fe Pública 41 de Santa Cruz de la Sierra, a cargo de América Urquiza Franco, consignándose a María Tibubay Mopi como vendedora y Evert Zabala Vidal y Neisa Zulema Rojas Salazar como compradores, de un lote de terreno de 338.70 mts2, ubicado en la “Av. Sexto Anillo, intersección Av. Bolívar, Barrio Cruz del Sur, UV. 118ª, Manzano 26” (sic [fs. 59 y vta.]).

II.2.  Consta Minuta de transferencia de un lote de terreno suscrito entre María Tibubay Mopi como vendedora y Evert Zabala Vidal y Neisa Zulema Rojas Salazar como compradores de un lote de terreno de 338.70 mts2, ubicado en la “Av. Sexto Anillo, intersección Av. Bolívar, Barrio Cruz del Sur, UV. 118ª, Manzano 26” (sic), registrado en DD.RR., bajo matrícula computarizada 7.01.1.06.0186128 vigente, con código catastral 048068085, aprobado por el GAM de Santa Cruz de la Sierra, producto de transferencia mediante minuta de 17 de diciembre de 2013, suscrito ante la Notaria de Fe Pública 41 del referido municipio, a cargo de América Urquiza Franco, entre María Tibubay Mopi y Evert Zabala Vidal y Neisa Zulema Rojas Salazar (fs. 5 y vta.).

II.3.  Se advierte Testimonio 993/2019 de 27 de agosto, de escritura sobre una transferencia de un lote de terreno que efectúa María Tibubay Mopi en calidad de vendedora y Evert Zabala Vidal y Neisa Zulema Rojas Salazar en calidad de compradores, emitida por la Notaria de Fe Pública 23 de Santa Cruz de la Sierra, Ana Ysabel Mariscal Fernández (fs. 10 a 13 vta.).

II.4.  Cursa Folio Real emitido por la oficina de registro de DD.RR., bajo la matrícula computarizada 7.01.1.06.0186128, con código catastral 048068085, aprobado por el GAM de Santa Cruz de la Sierra, correspondiente a un lote de terreno a nombre de Evert Zabala Vidal y Neisa Zulema Rojas Salazar (fs. 3 y vta.).

II.5.  Mediante placas fotográficas antiguas se ve el embardado y el vivero presuntamente en el lote de terreno objeto de la presente acción tutelar, con lo que se demostraría el ejercicio del derecho propietario por parte de los ahora accionantes desde 2013 hasta el presunto avasallamiento (fs. 39 y 40).

II.6.  Constan declaración juradas de Rosicela Díaz Cuellar y Maritza Guzmán de Cabral, ambas de 4 de febrero de 2021, que uniformemente declaran que aproximadamente a las 04:30 a.m., desconocidos ingresaron al lote de terreno de propiedad de Evert Zabala Vidal y Neisa Zulema Rojas Salazar, rompiendo mallas y posteriormente procedieron a construir una pilastra dentro del mismo (fs. 41 y vta.; y, 43 y vta.).