SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0199/2023-S3
Fecha: 11-Abr-2023
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 030/2022 de 3 de marzo, cursante de fs. 658 a 661, pronunciada por la Sala Constitucional Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba; y, en consecuencia: DENEGAR la tutela solicitada, con la aclaración de no haber ingresado al fondo de la problemática planteada.
1° Exhortar a Henry Maida García y Leandro Mamani Mamani, Vocales de la Sala Constitucional Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, a que en posteriores actuaciones observen los plazos procesales establecidos en el Código Procesal Constitucional, de conformidad a los fundamentos expuestos ut supra.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
MAGISTRADA
Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori
MAGISTRADO