SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0238/2023-S2
Fecha: 25-Abr-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Se tiene Formulario de Estado del Caso signado con el Código Único de Denuncia (CUD) 701102042201277 de 25 de mayo de 2022, contra Elia Fanny Basualdo Huanca -hoy accionante- (fs. 3).
II.2. Por memorial presentado el 19 de agosto del citado año, ante Vania Beatriz Romero Peña, Jueza Pública Mixta Civil y Comercial, de Familia y de Instrucción Penal Primera (Plan 3000) de la Capital del departamento de Santa Cruz -demandada-, la solicitante de tutela impetró conminatoria a efectos de que el Ministerio Público expida requerimiento conclusivo fundamentado; dado que, se encontraba vencido el plazo previsto en el art. 300 del CPP (fs. 11).
II.3. Mediante escrito desplegado el 1 de septiembre de 2022, ante la autoridad demandada, la peticionante de tutela denunció “…DEFECTOS ABSOLUTOS, PLAZO INCUMPLIDO Y ACTOS DE INVESTIGACION SIN CONTROL JURISDICCIONAL” (sic [fs. 23 y vta.]).