SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0238/2023-S2
Fecha: 25-Abr-2023
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR la Resolución 145 de 23 de septiembre de 2022, cursante de fs. 43 a 44 vta., pronunciada por la Sala Constitucional Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; y en consecuencia:
1° DENEGAR la tutela impetrada, con la aclaración de no haber ingresado al fondo de la problemática planteada; y,
2° Dimensionar los efectos del presente fallo constitucional, conforme lo previsto por el art. 28.II del Código Procesal Constitucional, que va acorde al entendimiento esgrimido en el Fundamento Jurídico III.2 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, disponiendo mantener válida y subsistente los efectos de la Resolución 145 de 23 de septiembre de 2022.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Al no existir consenso en Sala dentro del presente caso, dirime el Ph.D. Paul Enrique Franco Zamora, Presidente; siendo de Voto Disidente el Magistrado MSc. Carlos Alberto Calderón Medrano.
CORRESPONDE A LA SCP 0238/2023-S2 (viene de la pág. 7).
Ph.D. Paul Enrique Franco Zamora