SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0399/2023-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0399/2023-S3

Fecha: 05-May-2023

POR TANTO

El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; y, conforme el art. 44.1 del Código Procesal Constitucional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR en todo la Resolución 44/2021 de 18 de diciembre, cursante de fs. 29 a 30, pronunciada por el Juez de Sentencia Penal Decimotercero de la Capital del departamento de La Paz; y, en consecuencia:

DENEGAR la tutela solicitada, conforme a los fundamentos expuestos en este fallo constitucional, y con la aclaración de que no se ingresó al análisis de fondo de la problemática planteada;

2º  Exhortar al Jefe Departamental del Trabajo de La Paz dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, emita la resolución que corresponda dentro del caso denuncia 3807/21-DO por pago de salarios devengados, presentada por María Magdalena Machaca Nina contra Carla Paola Gómez de Romedis, en el marco de las consideraciones expuestas en el Fundamento Jurídico III.3.1 del presente fallo constitucional; y,

3º  Disponer que dicha decisión administrativa, se eleve en conocimiento de esta Relatoría del Tribunal Constitucional Plurinacional, a efecto de la verificación de su cumplimiento, en el plazo diez días a partir de la notificación con la presente Sentencia Constitucional Plurinacional; al efecto, por Secretaría General de este Tribunal, procédase a la notificación con una fotocopia legalizada de este fallo constitucional a la Jefatura Departamental del Trabajo de La Paz dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social.

Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.

Fdo. MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas

MAGISTRADA

Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori

MAGISTRADO