SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0428/2023-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0428/2023-S2

Fecha: 31-May-2023

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante considera lesionados sus derechos al debido proceso en su vertiente de “celeridad”, a la presunción de inocencia, a la igualdad de las partes, una justicia pronta y oportuna y sin dilaciones y a la libertad por parte del Juez Presidente del Tribunal de Sentencia Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Primero del departamento de La Paz, al no haber emitido el mandamiento del libertad a su favor al haber igualdad de votos en un tribunal conformado por dos jueces, debiendo aplicar la normativa vigente en cuanto a los principios de favorabilidad, indubio pro reo e indubio reus est absolvendus, asimismo, convocar a un tercer juez para que puedan emitir una resolución válida, conforme disponen los arts. 116 de la CPE y la última parte del 359 del CPP.

En revisión, corresponde verificar si tales extremos son evidentes, a fin de conceder o denegar la tutela impetrada.

III.1.  Sobre el debido proceso vía acción de libertad