SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0428/2023-S3
Fecha: 15-May-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:
II.1. Consta Memorándum SDAF 110/A-D/2019 de 15 de febrero, emitido por el Secretario Departamental de Administración y Finanzas del Gobierno Autónomo Departamental de Beni -entidad accionada-, mediante el cual se designó a Consuelo Trujillo Mendizábal -hoy accionante- en el cargo de "TÉCNIA" -se entiende Técnica- II – Bienestar Social, bajo dependencia de la Dirección Departamental de Bienestar Laboral y Previsión Social de dicha entidad (fs. 3).
II.2. Cursa Certificado de Nacimiento 0277933 correspondiente a AA, nacida el 22 de marzo de 2021, figurando como madre la impetrante de tutela (fs. 4).
II.3. Mediante Formulario de Calificación de Beneficios para el Régimen de Asignaciones Familiares de 13 de abril de 2021, emitido por la Caja de Salud CORDES de Beni, se determinó que, en cumplimiento del Decreto Supremo (DS) 21637 de 25 de junio de 1987 modificado por el DS 3546 de 1 de mayo de 2018, se debía cancelar el pago de asignaciones familiares -subsidio de lactancia- a partir del 22 de abril de 2021 hasta el 22 de marzo de 2022, en favor de AA, hija de la peticionante de tutela (fs. 6).
II.4. Por nota presentada el 26 de abril de 2022, dirigida a Carolina Rodríguez Ribera, Directora Departamental de Bienestar Laboral y Previsión Social del Gobierno Autónomo Departamental de Beni, la accionante solicitó el pago de once subsidios de lactancia correspondientes al periodo de mayo de 2021 a marzo de 2022, señalando que se le canceló los subsidios prenatal, de natalidad y lactancia de abril de 2021 (fs. 8).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO | III. El régimen de seguridad social cubre atención por enfermedad, epidemias y enfermedades catastróficas; maternidad y paternidad; riesgos profesionales, laborales y riesgos por labores de campo; discapacidad
- II. La seguridad social se presta bajo los principios de universalidad, integralidad, equidad, solidaridad, unidad de gestión, economía, oportunidad, interculturalidad y eficacia. Su dirección y administración corresponde al Estado, con control y p
- III. Si el trámite fuese denegado, el empleador podrá presentar por única y última vez el trámite de autorización excepcional de pago de subsidio prenatal en dinero, fundamentando con nuevos argumentos su solicitud. Si la solicitud fuese aceptada, la
- POR TANTO