SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0247/2023-S2
Fecha: 02-May-2023
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, a través de su representante denuncia la vulneración de su derecho a la libertad; por cuanto, habiendo cumplido la determinación del Auto Supremo 35/2020 de 18 de marzo, que ordenó su detención preventiva con fines de extradición de seis meses, los Magistrados demandados no resolvieron su solicitud de libertad, requerida en razón al cumplimiento de dicho plazo.
En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
III.1. De la acción de libertad en su modalidad traslativa o de pronto despacho
Sobre el tema, la base de dicha modalidad es el art. 115 de la CPE que determina:
“I. Toda persona será protegida oportuna y efectivamente por los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos.