SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0333/2023-S3
Fecha: 02-May-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:
II.1. Por escrito de 21 de diciembre de 2021,
dirigido al “SEÑOR JUEZ DE TURNO DE INSTRUCCIÓN CAUTELAR EN MATERIA PENAL
DE LA CIUDAD DE LA PAZ” (sic), Juan Laura Chique, Fiscal de Materia
-hoy accionado- puso en conocimiento el inicio de investigaciones y presentó
Resolución de Imputación Formal, por la presunta comisión del delito de
avasallamiento contra Jenny Sandra Mendoza Romero -aprehendida y ahora
accionante-, y solicitó medidas cautelares de carácter personal
(fs. 9 a 14).
II.2. Consta Resolución de 21 de diciembre de 2021, emitida por Luis Fernando García Mamani, Juez de Instrucción Penal Séptimo de la Capital del departamento de La Paz, por la cual convocó a audiencia de consideración de medidas cautelares para el 22 de diciembre de 2021, a horas 13:00, haciendo conocer a las partes que dicho acto procesal se desarrollará de manera virtual (fs. 15).
II.3. Por memorial presentado el 22 de diciembre de 2021, a horas 11:02, Carlos Adalid Gerardo Andia Alarcón,
representante sin mandato de la ahora impetrante de tutela, retiró la acción de
libertad interpuesta “…por haberse señalado audiencia de medidas cautelares
para el día de hoy”
(sic [fs. 6]).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- A partir de los entendimientos asumidos por la jurisprudencia constitucional sobre la subsidiariedad excepcional de esta acción de defensa, la propia jurisprudencia ha ido especificando y precisando cuál el medio o recurso intraproceso idóneo, oportu