SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0252/2023-S4
Fecha: 08-May-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de antecedentes que cursan en obrados, se llega a establecer lo siguiente:
II.1. Ante la solicitud de amparo administrativo minero formulado por la empresa Pionner Mining Inc. Bolivia, el Director Regional Potosí-Chuquisaca de la AJAM, dictó la Resolución Administrativa AJAM-PT-CH/DR/RES-ADM/145/2021 de 5 de abril; por la que, rechazó la pretensión formulada, motivando la interposición de recurso de revocatoria que mereció la emisión de la Resolución de Recurso de Revocatoria AJAM-PT-CH/DR/RRR/5/2021 de 27 de abril, mediante la cual, se rechazó el recurso intentado, confirmando el fallo confutado (fs. 19 a 29).
II.2. Por memorial de 12 de mayo de 2021, la empresa PMIB, planteó recurso jerárquico en impugnación de la Resolución de Recurso de Revocatoria AJAM-PT-CH/DR/RRR/5/2021, mismo que fue absuelto mediante Resolución de Recurso Jerárquico AJAM/DJU/RRJ/28/2021 de 2 de julio, a través de la cual, la Directora Ejecutiva Nacional de la AJAM, rechazó el recurso y confirmó la decisión objetada (fs. 68 a 71 vta. y 30 a 36).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Finalmente, en cuanto a la supuesta vulneración del derecho de acceso a la justicia, este Tribunal no encuentra lesión alguna, siendo que, el hecho de que su pretensión no hubiera sido favorablemente atendida, no conlleva vulneración a derecho alguno