SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0366/2023-S3
Fecha: 03-May-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Mediante publicación en un periódico de circulación nacional el 28 de julio de 2021, el Colegio Médico Departamental de Oruro convocó a todos sus colegiados a la Asamblea General para la elección del Comité Electoral a celebrarse el 3 de agosto de igual año; asimismo, convocó a la elección del Directorio y del Tribunal de Ética y Deontología Médica por el periodo 2021-2023, acto eleccionario a realizarse el 10 de septiembre del indicado año, organizado y supervisado por el Comité Electoral (fs. 2).
II.2. Cursa Libro de Actas del Comité Electoral del Colegio Médico Departamental de Oruro, conformado por Freddy Zuna Rodríguez, Presidente; Leonel Echalar Jaldin, Secretario; Milán Rodríguez Chipana, Vocal 1; y Freddy García Morales, Vocal 2 -hoy terceros interesados-; en la que se advierte las reuniones sostenidas por sus miembros, incluyendo el Acta de revisión de documentación de candidatos; la reunión de 3 de septiembre de 2021, ante la impugnación presentada por Gregorio Bernardo Fernández Ayma y José Luis Noya Murguía; Acta de sufragio para la conformación de la nueva Directiva, en la que se advierte el número de votos obtenidos; e, informe de elecciones y posesión del Directorio de 15 de octubre de ese año (fs. 3); de igual manera se advierte Actas Notariales de: Apertura de Elecciones del Directorio del Colegio Médico Departamental de Oruro celebrada el 17 de septiembre del citado año, (fs. 4 y vta.); de Escrutinio de Elecciones del Directorio de igual fecha (fs. 5 y vta.) y Acta de Posesión de Directorio de 15 de octubre de igual año (fs. 6 y vta.); asimismo, cursa memorial de impugnación presentado el 2 de septiembre del mencionado año, ante el Comité Electoral del mencionado Colegio Médico, por Gregorio Bernardo Fernández Ayma y José Luis Noya Murguía (fs. 772 a 774), la cual mereció respuesta a través de la Nota con CITE: COMITÉ - ELECTORAL - 006/2021 de 6 de septiembre, emitida por el “Dr. Zuna” y el “Dr. Echalar”, estableciendo que la impugnación debió ser presentada conforme a lo dispuesto por el art. 140 del Reglamento del Estatuto Orgánico del Colegio Médico de Bolivia (fs. 906 a 907).
II.3. Por Nota con CITE: CMO-100/2021 presentada el 9 de septiembre de 2021, dirigida al Comité Electoral del Colegio Médico Departamental de Oruro, Alberto Salinas Cabero, entonces Presidente de dicho Colegio Médico, solicitó la suspensión del proceso eleccionario para evitar elecciones con vicios de nulidad ante la denuncia de irregularidades, habilitación de candidatos, reemplazos ilegales, renuncia de candidatos y miembros de ese Comité; comunicando además que no pondría a disposición infraestructura en tanto no se resuelva la situación controversial (fs. 7).
II.4. Mediante Nota con CITE: CMB-SG-0100-021, presentada el 9 de septiembre de 2021, dirigida al Comité Electoral del Colegio Médico Departamental de Oruro; Orlando Larrea García, Presidente y Freddy Fernández Rocabado, Secretario General ambos del Colegio Médico de Bolivia invitaron a dicho Comité a una reunión urgente a celebrarse en la ciudad de La Paz el 10 de septiembre de igual año (fs. 8), la cual fue reiterada por Nota con CITE: CMB-SG-0103-021 de 9 de septiembre de 2021, -no consta fecha de recepción- (fs. 20); asimismo, cursa Comunicado de postergación de sufragio para el 17 de igual mes y año, con base en la lista de habilitados hasta el 9 del citado mes y año (fs. 9).
II.5. Cursa Nota con CITE: COMITÉ - ELECTORAL - 013/2021 presentada el 9 de septiembre de 2021, dirigida al Presidente del Colegio Médico de Bolivia, mediante la cual el Presidente del Comité Electoral del Colegio Médico Departamental de Oruro, solicita que envié un veedor para las elecciones de la nueva Directiva del señalado Colegio Médico (fs. 28).
II.6. Por Nota con CITE: CMO-154/2021 presentada el 27 de septiembre de 2021, dirigida al Comité Electoral del Colegio Médico Departamental de Oruro; Alberto Salinas Cabero, ex Presidente del citado Colegio Médico, remitió a los miembros del citado Comité Electoral la Resolución COL BO SCZ/COB-07/09/2021 de 17 de septiembre, emitida por el Consejo Médico Nacional del Colegio Médico de Bolivia, recibida el 24 del mismo mes y año, la que resolvió: Artículo Primero, rechazar la actitud vulneradora a los Estatutos y Reglamentos del Colegio Médico en la que incurrieron los Comités Electorales Departamentales, Directivas Departamentales y/o afiliados a momento de la conducción de un proceso electoral, estableciendo que de suscitarse “dichas transgresiones” se pondría a los infractores a disposición del Tribunal de Ética y Deontología Médica debiendo imponerse sanciones ante “infracciones graves”; Artículo Segundo, desconocer el desarrollo y resultado del proceso eleccionario “a realizarse” en el departamento de Oruro y cualquier otro que no se enmarque en lo establecido en los Estatutos y Reglamentos del Colegio Médico de Bolivia; y, Artículo Tercero, reconocer y ratificar la jerarquía y facultades de la Directiva del Colegio Médico de Bolivia y las acciones que pudiera asumir para garantizar el cumplimiento de los indicados Estatutos y Reglamentos (fs. 10 a 13).
II.7. Consta Nota con CITE: CMB-SG-0121-021 presentada el 23 de septiembre de 2021, dirigida al Comité Electoral del Colegio Médico Departamental de Oruro; mediante la cual Orlando Larrea García, Presidente y Freddy Fernández Rocabado, Secretario General ambos del Colegio Médico de Bolivia, en respuesta a la Nota con CITE: COMITÉ ELECTORAL-015/2021, comunicaron al señalado Comité Electoral que pondrían a consideración del Consejo Médico Nacional Extraordinario “esta situación” y las irregularidades denunciadas para su análisis, la cual se efectuaría el 17 de septiembre de 2021, para su análisis, determinaciones que se “hará cumplir” por la Directiva del Colegio Médico Nacional (fs. 16).
II.8. A través de la Nota con Cite: Stria-PCMB/56-9-2021 de 14 de septiembre -no consta fecha de recepción-, dirigida al Comité Electoral del Colegio Médico Departamental de Oruro; Orlando Larrea García, Presidente del Colegio Médico de Bolivia, emplazó al citado Comité Electoral a una reunión a celebrarse el 15 de septiembre de 2021, en la ciudad de La Paz (fs. 19); convocatoria que fue reiterada por Nota con CITE: CMB-SG-0114-021 de 15 de igual mes y año -sin fecha de recepción-, para la reunión a efectuarse el 16 de ese mes y año en la indicada ciudad (fs. 17 a 18); siendo respondida la primera, a través de la Nota con CITE: COMITÉ - ELECTORAL - 012/2021 presentada el 15 de septiembre de 2021, mediante la cual el señalado Comité Electoral invitó al Presidente del Colegio Médico Nacional de Bolivia a una Asamblea en la que se informaría los avances del proceso eleccionario (fs. 25 a 27) y la Nota con CITE: COMITÉ-ELECTORAL-015/2021 presentada el 16 de septiembre de igual año, dirigida al Presidente y Secretario General del Colegio Médico de Bolivia para que puedan presenciar el inicio del acto eleccionario del 17 de septiembre de 2021, a las 9:00 horas (fs. 23 a 24).
II.9. Cursa Nota con CITE: COMITÉ-ELECTORAL-020/2021 presentada el 28 de septiembre de 2021, dirigida al Presidente del Colegio Médico Departamental de Oruro, por el Comité Electoral del señalado Colegio Médico, mediante la cual solicitaron convocar a “ASAMBLEA” para brindar su informe y se posesione a la nueva Directiva (fs. 79 a 80), la cual fue contestada por Nota con CITE: CMO-161/2021 presentada el 12 de octubre de 2021, indicando que no correspondía convocar a Asamblea General Extraordinaria ni proceder a una posesión conforme a lo dispuesto por el art. 64 del Reglamento del Estatuto Orgánico del Colegio Médico de Bolivia (fs. 51); similar petición fue efectuada por Boris Humacayo Morales, Delegado del Frente de Integración Médica -ganador de las elecciones- (fs. 81); asimismo, Esteban Toco Condori, “MEDICO ANESTESIOLOGO” presentó iguales requerimientos con la misma finalidad (fs. 45 y 48 a 50), recibiendo como respuesta las Notas con CITE: CMO-155/2021 de 27 de septiembre -no consta recepción- (fs. 78) y CMO-162/2021 de 11 de octubre -sin fecha de recepción- (fs. 82), alegando su extrañeza de que el Comité Electoral no hubiese comunicado la existencia de la Resolución COL BO-CBBA/COB-12/10/2021 de 7 de octubre, emitida por el Consejo Médico Nacional del Colegio Médico de Bolivia con relación al desconocimiento del desarrollo y resultados del proceso electoral; por lo que, resuelto el impase seguramente se fijaría fecha de posesión a realizarse por el Presidente del Colegio Médico de Bolivia y reiterando que, no correspondía convocar a Asamblea General Extraordinaria ni proceder a una posesión conforme al art. 64 del citado Reglamento, respuesta que se reiteró por decreto de 11 de octubre de 2021 (fs. 44).
II.10. Mediante Resolución COL BO CBBA/COB-12/10/2021 de 7 de octubre, el Consejo del Colegio Médico de Bolivia resolvió: Artículo Uno, ratificar la decisión asumida en la Resolución COL BO SCZ/COB-07/09/2021 de 17 de septiembre, por la que se desconoció el desarrollo y resultados del proceso eleccionario del Colegio Médico Departamental de Oruro y otro proceso eleccionario que no cumpla con lo establecido por los Reglamentos y Estatutos del Colegio Médico de Bolivia; Artículo Segundo, ratificar a la Directiva vigente en sus funciones y atribuciones e instruyó al Colegio Médico Departamental de Oruro realizar la convocatoria y el desarrollo de un nuevo proceso eleccionario para promover la elección de una nueva mesa directiva; y, Artículo Tercero, remitir “a todo colegiado” del Comité Electoral al Tribunal de Ética y Deontología Médica por vulnerar los Reglamentos y Estatutos del Colegio Médico de Bolivia (fs. 84); decisión que fue puesta en conocimiento del Director Técnico de SEDES Oruro por Nota con CITE CMB-SG-0403/021 de 3 de noviembre de 2021 (fs. 98 a 99) y de los Presidentes de la Sociedad Boliviana de Pediatría y Presidente de la Sociedad Boliviana Medica de Salud Pública Filiales Oruro mediante Notas con CITE CMB-SG-0439/021 de 22 de noviembre -no consta fecha de recepción (fs. 103 y 105).
II.11. Por Comunicados de 19 de octubre y 4 de noviembre de 2021, el Colegio Médico Departamental de Oruro hizo conocer a la opinión pública e instituciones públicas y privadas del departamento de Oruro que “…SE ENCUENTRAN VIGENTES EN SUS FUNCIONES…” (sic [fs. 89 a 92 y 97]), procediendo a publicar a través de un medio de prensa de circulación nacional de 8 de noviembre de 2021, la convocatoria a Asamblea General a todos sus colegiados para la elección del Comité Electoral programado para el 15 de noviembre de ese año y la elección del Directorio y del Tribunal de Ética y Deontología Médica para la gestión 2021-2023, acto eleccionario a realizarse el 22 de diciembre de igual año, a ser organizado y supervisado por el Comité Electoral (fs. 100).
II.12. Por nota de 19 de octubre de 2021, presentada en la misma fecha, dirigida al ex Presidente del Colegio Médico Departamental de Oruro; Ruth Frías Monduela, Presidenta; Eddy Yucra Llampa, Secretario de Hacienda; Hermes Achacollo Zarraga, Secretario de Cultura; Ariel Soto García, Secretario de Deportes -ahora accionantes- todos del señalado Colegio Médico, solicitaron la entrega del inmueble, documentación, activos fijos que se encontraban bajo su custodia correspondientes al señalado Colegio a la nueva Directiva electa y posesionada por la gestión 2021-2023 para iniciar con su trabajo (fs. 46), la cual fue reiterada por Nota de 22 de octubre (fs. 47); petición que también efectuaron a María Isabel Rodríguez, ex Secretaria de Hacienda del Colegio Médico Departamental de Oruro respecto de la documentación e informes a cargo de la Comisión Económica y Administrativa de acuerdo a lo dispuesto por el art. 105 del Reglamento del Estatuto Orgánico del Colegio Médico de Bolivia (fs. 777).
II.13. Mediante Nota de 30 de noviembre de 2021, presentada en la misma fecha, dirigida a los miembros del Directorio del Colegio Médico Departamental de Oruro; Alberto Salinas Cabero ahora coaccionado renunció al cargo de Presidente del citado Colegio Médico (fs. 108).
II.14. Consta Voto Resolutivo COM/CIENT/NAL 17/01/2022 de 3 de febrero, emitido por el Comité Científico Nacional del Colegio Médico de Bolivia, mediante el cual se determinó: Artículo Primero, desconocer “…al grupo que pretende asumir la conducción de la directiva del Colegio Médico Departamental de Oruro elegido y posesionado al margen de las normas del Colegio Médico…” (sic); y, Artículo Segundo, conformar una comisión nacional de reconducción y respeto a la institucionalidad y legalidad en el desarrollo de las actividades del indicado Colegio Médico (fs. 119).
II.15. Por Nota con CITE CMB-SG-0528-022 presentada el 11 de febrero de 2022, Orlando Larrea García, Presidente y Freddy Fernández Rocabado, Secretario General del Colegio Médico de Bolivia, convocaron a Ruth Frías Monduela accionante a una reunión programada para el 11 de febrero de 2022, con la finalidad de tratar “temas de índole institucional” sobre la problemática suscitada en el Colegio Médico Departamental de Oruro (fs. 117), la que se pospuso “hasta nueva comunicación” por Nota con Cite CMB-SG-0536-022 presentada el 14 de febrero de igual año (fs. 118); sin embargo, fue convocada nuevamente mediante Nota con CITE CMB-SG-0539-022 de 15 de febrero, para el 18 del mismo mes y año (fs. 791); empero, mediante Nota con Cite CMO-115/2022, de 17 de febrero, -no consta fecha de recepción- Ruth Frías Monduela accionante se excusó de participar en dicha reunión alegando que convocó a una Asamblea Extraordinaria programada precisamente para esa fecha, pidiendo se agende una nueva (fs. 790).