SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0366/2023-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0366/2023-S3

Fecha: 03-May-2023

POR TANTO

El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR en parte la Resolución 33/2022 de 14 de marzo, cursante de fs. 924 a 934, pronunciada por la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro; y, en consecuencia:

   CONCEDER en parte la tutela solicitada, con relación al derecho al debido proceso en su elemento al juez natural, conforme a los fundamentos jurídicos expuestos en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional; y,

a)  Dejar sin efecto las Resoluciones pronunciadas por el Consejo Médico Nacional del Colegio Médico de Bolivia COL BO SCZ/COB-07/09/2021 de 17 de septiembre y COL BO CBBA/COB-12/10/2021 de 7 de octubre y toda determinación asumida como emergencia del cumplimiento de las mismas, como ser la publicación de una nueva convocatoria;

2°    DENEGAR la tutela solicitada respecto a la vulneración de los derechos a la defensa, a ejercer las funciones para las que fueron elegidos, a la ciudadanía, acceso a la jurisdicción y acceso a la justicia y derechos políticos, conforme a los fundamentos jurídicos expuestos en este fallo constitucional; asimismo, con relación a la solicitud de pago de costas y costos procesales; y, daños y perjuicios; y,

3°    Dimensionar los efectos del presente fallo constitucional, dando por bien hecha la conminatoria efectuada por la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, al Directorio saliente del Colegio Médico Departamental de Oruro respecto de la observancia del art. 64.4 del Reglamento del Estatuto Orgánico del Colegio Médico de Bolivia, referido a la convocatoria a una Asamblea Ordinaria para proceder a la posesión de la nueva Directiva elegida.

CORRESPONDE A LA SCP 0366/2023-S3 (viene de la pág. 25).

Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.

Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori