SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0542/2023-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0542/2023-S2

Fecha: 12-Jun-2023

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.  A través de Nota CITE: JEN.BAN.SEN.CC 04/2022-2023 de 7 de noviembre de 2022, la accionante solicitó al Presidente de la Asamblea Legislativa Plurinacional, la remisión de los informes correspondientes de las gestiones 2020, 2021 y 2022 presentados por el Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional, respecto al avance y cumplimiento de la Ley 348 (fs. 4).

II.2.  Se tiene Nota VPEP-SG-DGGL-UCDAL-NE-0009/2023 de 9 de enero, emitida por el Secretario General de la Vicepresidencia del Estado Plurinacional de Bolivia, quien en atención a la petición realizada por la accionante señaló que, en cuanto a los informes anuales presentados por la aludida Cartera de Estado, en relación al avance y el cumplimiento de la indicada Ley, se evidenció que los correspondientes a las gestiones 2021 y 2022 no cursan en los registros de aquella entidad (fs. 5 y 6).

II.3.  Mediante Nota CITE: JEF.BAN.CC 87/2022-2023 de 11 de enero, la peticionante de tutela impetró al Ministro demandado el “…cumplimiento del artículo 16 de la Ley N° 348…” (sic), debiendo al efecto remitir a la brevedad posible los informes de las gestiones 2021 y 2022 a la Asamblea Legislativa Plurinacional (fs. 7).