SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0547/2023-S2
Fecha: 13-Jun-2023
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución de 9 de marzo de 2022, cursante de fs. 25 a 30 vta., pronunciada por el Juez de Ejecución Penal Primero de la Capital del departamento de Cochabamba; y en consecuencia:
1° CONCEDER de forma total la tutela solicitada, siendo la misma viable tanto en relación a las actuaciones de la Jueza como de la Secretaria Abogada, ambas del Juzgado de Instrucción Penal Primero de Quillacollo del departamento de Cochabamba, quienes a su turno incurrieron en la dilación advertida en el marco de lo expuesto en los Fundamentos Jurídicos de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.
2° No disponer ninguna orden, emergente de la concesión de la tutela, por las razones descritas en la parte final del Fundamento Jurídico III.5, constando ya la remisión de los antecedentes de la apelación planteada por el accionante contra el Auto Interlocutorio de 18 de febrero de 2022, dentro del proceso penal seguido en su contra el accionante, por la presunta comisión del delito de abuso sexual, el 9 de marzo del año señalado.
3° Llamar la atención a la autoridad y funcionaria judicial demandadas, por la retardación de justicia en la que incurrieron, no pudiendo este Tribunal, conforme a lo anotado en la presente Resolución, convalidar conductas reñidas contra el orden público constitucional que transgredieron derechos fundamentales o garantías constitucionales.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. MSc. Carlos Alberto Calderón Medrano
MAGISTRADO
Fdo. MSc. Brigida Celia Vargas Barañado
MAGISTRADA