SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0524/2023-S4
Fecha: 22-Jun-2023
II. CONCLUSIÓN
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. De lo señalado en antecedentes de la presente acción de defensa; se tiene que, dentro del proceso penal seguido contra los ahora accionantes, por la presunta comisión del delito de avasallamiento; pese a que, se ordenó el traslado con la acusación fiscal, no hubieran sido notificados de manera personal, limitándoles el ejercicio de su derecho a la defensa, al suprimirles el plazo de diez días para responder a la misma y presentar sus pruebas de descargo; dando lugar a que, mediante Auto interlocutorio de 10 de marzo de 2022 se dispusiera su rebeldía y la emisión de mandamientos de aprehensión en su contra.
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIÓN
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- ii) Cuando el rebelde comparece y justifica que no concurrió al llamado de la autoridad debido a un grave y legítimo impedimento, la rebeldía será revocada y por tanto, los efectos de la misma (art. 90 del CPP).