SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0545/2023-S3
Fecha: 07-Jun-2023
II. CONCLUSIÓN
De la
revisión del expediente constitucional, no se advierte que exista documental
que curse en el mismo; sin embargo, consta en el acta de audiencia de esta
acción de defensa que la Secretaria del Tribunal de Sentencia Penal Cuarto de
El Alto del departamento de La Paz, constituido en Tribunal de garantías,
refirió que “…fueron remitidos el cuaderno de investigaciones por la fiscalía y
el cuaderno de control jurisdiccional por el Juzgado anticorrupción tercero de
la ciudad de El Alto” (sic
[fs. 7]). En razón a ello, en aplicación de los principios de celeridad y
economía procesal, la resolución de la presente causa se basará en el acceso
que dicho Tribunal tuvo al cuaderno procesal, y a lo aseverado por las partes
procesales en la presente acción de defensa.
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIÓN
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- A partir de los entendimientos asumidos por la jurisprudencia constitucional sobre la subsidiariedad excepcional de esta acción de defensa, la propia jurisprudencia ha ido especificando y precisando cuál el medio o recurso intraproceso idóneo, oportu