SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0468/2023-S2
Fecha: 05-Jun-2023
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve CONFIRMAR en parte la Resolución 05/2021 de 4 de noviembre, cursante de fs. 82 a 85, pronunciada por la Jueza Pública Civil y Comercial y de Familia Tercera de Riberalta del departamento de Beni; y, en consecuencia
1° CONCEDER, la tutela solicitada, disponiendo el cumplimiento integral de Conminatoria 010/2021 de 20 de septiembre por parte de las autoridades demandadas, en la forma determinada por la Jueza de garantías, en el término de tres días hábiles;
2° DENEGAR, la misma con relación al derecho al debido proceso, por no haber presentado prueba que sustente la lesión de este derecho; y,
3° Llamar la atención a la Jueza Pública Civil y Comercial y de Familia Tercera de Riberalta del departamento de Beni, por la demora en el envió de la presente acción tutelar.
CORRESPONDE A LA SCP 0468/2023-S2 (viene de la pág. 11)
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. MSc. Carlos Alberto Calderón Medrano
MAGISTRADO
Fdo. MSc. Brigida Celia Vargas Barañado
MAGISTRADA