SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0525/2023-S4
Fecha: 22-Jun-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. A través del Auto Interlocutorio 170/2021 de 15 de abril, emitido dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Hiper Yasmani García Quecaña –ahora accionante–, por la presunta comisión delito de uso indebido de influencias, concusión, beneficios en razón del cargo y cohecho pasivo, la Jueza Anticorrupción y de Materia Contra la Violencia Hacia la Mujer Tercera del departamento de La Paz, determinó su detención preventiva en el Centro Penitenciario San Pedro de La Paz, por un periodo de cinco meses (fs. 2 a 6).
II.2. Mediante Auto Interlocutorio 53/2021 de 14 de diciembre, el Tribunal de Sentencia Anticorrupción Primero del departamento de La Paz, rechazó la solicitud de cesación a la detención preventiva interpuesta por el impetrante de tutela; decisión que fue apelada por este, al amparo de lo dispuesto por el art. 251 del CPP (fs. 14 a 17).
II.3. Por Auto de 4 de enero de 2022, la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, señaló audiencia de consideración de apelación incidental planteada por el impetrante de tutela en contra del Auto Interlocutorio 53/2021, para el 12 de enero de 2022; sin embargo, no se llevó a cabo “toda vez que se advirtió la presencia de casos positivos de COVID, en el personal de la Sala Penal Cuarta, motivo por el cual se procedió a la desinfección de los ambientes” (sic), reprogramándose la misma para el 25 del mes y año indicados (fs. 18 y 20).
II.4. Cursa acta de audiencia pública de apelación de medida cautelar de 25 de enero de 2022; en la que, consta su suspensión, en razón de la ausencia de la parte denunciante, difiriendo la misma para el 29 del mismo mes y año señalados (fs. 22).
II.5. Consta por acta de audiencia de apelación incidental de 29 de enero de 2022, emitida dentro del proceso penal seguido en contra del accionante que:
“SECRETARIA DE CÁMARA DE SALA PENAL CUARTA (…) informar a su autoridad que se ha cumplido con las formalidades de ley, en sala se tiene:
(…)