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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0047/2023
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0047/2023

    Fecha: 05-Jul-2023

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    • Encabezado
    • I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
    • II. CONCLUSIONES | II.    El Estado prohíbe y sanciona toda forma de discriminación fundada en razón de sexo, color, edad, orientación sexual, identidad de género, origen, cultura, nacionalidad, ciudadanía, idioma, credo religioso, ideología, filiaci
    • I.     Todo ser humano tiene personalidad y capacidad jurídica con arreglo a las leyes y goza de los derechos reconocidos por esta constitución, sin distinción alguna.
    • I.     Toda persona tiene derecho a dedicarse al comercio, la industria o a cualquier actividad económica lícita, en condiciones que no perjudiquen al bien colectivo”. | II.      Se garantiza la libertad de empresa y el pleno ejercicio de las activid
    • I.        El Estado reconoce, respeta y protege la iniciativa privada, para que    contribuya al desarrollo económico, social y fortalezca la independencia económica del país.
    • II.    La economía plural comprende los siguientes aspectos: | II.     La Constitución es la norma suprema del ordenamiento jurídico boliviano y goza de primacía frente a cualquier otra disposición normativa. El bloque de constitucionalidad está inte
    • I.        Todas las personas, naturales y jurídicas, así como los órganos públicos, funciones públicas e instituciones, se encuentran sometidos a la presente Constitución.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • POR TANTO

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