SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0047/2023
Fecha: 05-Jul-2023
Encabezado
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0047/2023
Sucre, 5 de julio de 2023
SALA PLENA
Magistrado Relator: MSc. Carlos Alberto Calderón Medrano
Acción de inconstitucionalidad abstracta
Expediente: 32210-2019-65-AIA
Departamento: La Paz
En la acción de inconstitucionalidad abstracta interpuesta por Shirley Franco Rodríguez, Diputada Titular de la Asamblea Legislativa Plurinacional de Bolivia por el departamento de Cochabamba, demandando la inconstitucionalidad del art. 9 del Reglamento Único del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT), modificado por el art. 2.III del Decreto Supremo (DS) 2920 de 28 de septiembre de 2016 por ser presuntamente contrario a los arts. 14.I, II y III; 47.I; 308; 311.II.5; 314; 316.2 y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES | II. El Estado prohíbe y sanciona toda forma de discriminación fundada en razón de sexo, color, edad, orientación sexual, identidad de género, origen, cultura, nacionalidad, ciudadanía, idioma, credo religioso, ideología, filiaci
- I. Todo ser humano tiene personalidad y capacidad jurídica con arreglo a las leyes y goza de los derechos reconocidos por esta constitución, sin distinción alguna.
- I. Toda persona tiene derecho a dedicarse al comercio, la industria o a cualquier actividad económica lícita, en condiciones que no perjudiquen al bien colectivo”. | II. Se garantiza la libertad de empresa y el pleno ejercicio de las activid
- I. El Estado reconoce, respeta y protege la iniciativa privada, para que contribuya al desarrollo económico, social y fortalezca la independencia económica del país.
- II. La economía plural comprende los siguientes aspectos: | II. La Constitución es la norma suprema del ordenamiento jurídico boliviano y goza de primacía frente a cualquier otra disposición normativa. El bloque de constitucionalidad está inte
- I. Todas las personas, naturales y jurídicas, así como los órganos públicos, funciones públicas e instituciones, se encuentran sometidos a la presente Constitución.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- POR TANTO