SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0712/2023-S1
Fecha: 03-Jul-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se evidencia lo siguiente:
II.1. De lo referido e informado en la audiencia de acción de libertad se tiene que el accionante Raúl Miranda García interpuso apelación oral en la audiencia contra la Resolución 54/2022 de 17 de febrero extendida por el Juzgado público Mixto Civil y Comercial de Familia, de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Guanay del departamento de La Paz (fs. 29 a 32 y fs. 26 a 28).
II.2. La Vocal de la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz -ahora demandada-, mediante Resolución 191/2022 de 16 de marzo declaró inadmisible el recurso de apelación formulado por Raúl Miranda García contra el Auto Interlocutorio 54/2022 de 17 de febrero emitido por el Juez Público Mixto Civil y Comercial de Familia, de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Guanay del referido departamento, que denegó la cesación a su detención preventiva, aplicando los arts. 396.3) y 398 de la Ley 1970, 33 y 49 del Reglamento de conductas y Medidas Disciplinarias Inherentes al Poder Ordenador y Disciplinario en Audiencia de Materia Penal; arguyendo que no se empleó el término “interposición”, ausencia e inobservancia de requisitos normativos y formales establecidos en la norma de referencia, que inviabilizó que el Tribunal pueda pronunciarse sobre el fondo del recurso planteado y confirmó la Resolución apelada (fs. 27 a 28).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- POR TANTO
- MAGISTRADA
- [2]El último Considerando, señala: “Que la protección que brinda el art. 18 de la Constitución Política en cuanto al debido proceso se refiere, no abarca a todas las formas en que el mismo puede ser infringido, sino sólo a aquellos supuestos en los q