SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0745/2023-s3
Fecha: 14-Jul-2023
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y los arts. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional y 44.2 del Código Procesal Constitucional; en revisión, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución 068/2022 de 26 de abril, cursante de fs. 170 a 173, pronunciada por la Sala Constitucional Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; y, en consecuencia:
1º DENEGAR en todo la tutela solicitada, conforme los fundamentos y razonamientos fáctico-procesales expuestos precedentemente; y,
2º Exhortar al Gobierno Autónomo Municipal de El Alto del departamento de La Paz, a que a través de sus instancias y servidores públicos que estén conociendo del trámite inherente a Ruperta Pimentel Enao y Benita Flores Salinas Vda. de Mamani -ahora accionantes-, apliquen los plazos que corresponden a este y de no existir los mismos, actúen con la mayor celeridad y diligencia posible, para resolver conforme corresponda en derecho, las solicitudes y pretensiones de las impetrantes de tutela, conforme se tiene explicado en el Fundamento Jurídico III.2.1 del presente fallo constitucional. Al efecto, por Secretaría General de este Tribunal, procédase a la notificación con una fotocopia legalizada de esta Sentencia Constitucional Plurinacional a dicha entidad municipal.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
MAGISTRADA
Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori
MAGISTRADO