SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0652/2023-S4
Fecha: 18-Jul-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Se tiene memorial de 14 de marzo de 2022, de Iván Quintanilla Calvimontes Fiscal de Materia a cargo del caso FUD 701102012104270; en el que presenta imputación formal contra Javier Abrahán Cedeño Catacora –ahora impetrante de tutela–, escrito dirigido a Albania Chane Caballero Saavedra, Jueza de Instrucción Anticorrupción y Violencia Contra la Mujer Primera del departamento de Santa Cruz, –autoridad ahora demandada–, impetrando el Fiscal de Materia detención preventiva contra el ahora solicitante de tutela por ciento ochenta días en el Centro de Penitenciario Santa Cruz “Palmasola”, el cual mereció decreto de 15 de igual mes y año en que señaló audiencia de medida cautelar para el 31 de marzo de 2022 a las 9:00, misma que hubiera sido suspendida para el 13 de abril de 2022, al no contar el justiciable con defensa técnica (fs. 15 a 29 vta).
II.2. Consta acta de audiencia de medidas cautelares de 13 de abril de 2022; dentro del proceso penal en contra del ahora accionante, en la cual presentó excepción de falta de acción que fue declarada infundada por la Jueza a cargo –autoridad ahora demandada–, quien determinó en Resolución de igual fecha, la medida cautelar de detención preventiva contra el solicitante de tutela en el Centro de Penitenciario Santa Cruz “Palmasola”, por el plazo de ciento ochenta días (fs. 35 a 60 vta).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- En la SC 0008/2010-R de 6 de abril, se moduló la línea jurisprudencial acerca del carácter excepcional de subsidiariedad en el hábeas corpus -hoy acción de libertad en nuestro país-, y se sostuvo que a la luz del nuevo modelo constitucional de 2009,