SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0682/2023-S2
Fecha: 19-Jul-2023
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR
CORRESPONDE A LA SCP 0682/2023-S2 (viene de la pág. 13).
la Resolución 058/2022 de 26 de mayo, cursante de fs. 136 a 145 vta., pronunciada por Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca; y en consecuencia:
1° CONCEDER la tutela solicitada, en los mismos términos dispuestos por la citada Sala Constitucional; y,
2° Exhortar a la parte demandada a que en el plazo más breve posible concluya el proceso de liquidación de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Societaria Limitada, a fin de establecer con certeza la existencia de activos para la distribución de los socios cooperativistas, en caso que existan, el monto debe ser dando preferencia al peticionante de tutela.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Al no existir consenso en Sala dentro del presente caso, dirime el Ph.D. Paul Enrique Franco Zamora, Presidente; siendo de Voto Disidente el Magistrado MSc. Carlos Alberto Calderón Medrano.
Ph.D. Paul Enrique Franco Zamora
PRESIDENTE
MSc. Brigida Celia Vargas Barañado
MAGISTRADA