SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0780/2023-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0780/2023-S1

Fecha: 12-Jul-2023

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    Cursa  informe de acción directa  efectuada por el Noel Mercado Siles   -ahora demandado-, que en la reseña del caso refiere “Al promediar las 3:30 am a denuncia de la Sra Salome Ugarte  Choquehuanca quien se apersonó a oficinas del Comando Provincial de Yapacani con heridas en la mano derecho indicando que habría sido agredida por la Sra Soledad Hinojosa Bernal es que nos constituimos  al barrio Santa Catalina altura nueva Circunvalación en el lugar tomamos contacto con la Sra Olivia Ávila Rocha quien presentaba herida en el brazo y espalda quien nos indica que fue de igual manera habría sido agredida por su pareja la Sra Soledad Bernal Hinojosa quien se encontraba también en el lugar  ante esta situación es que procedimos a aprehender y conducir a la agresora a dependencia de la FELCV para la posterior investigación del presente caso, dejando a cargo de la Sgto. My Beatriz Quispe Rojas” (sic [fs. 7 vta.]).

II.2.    Consta nota de descargo policial que refiere “A horas 04:30 AM DEL28/03/2022 el Sr. TTE. NOEL MERCADO SILES, Funcionario policial dependiente del Comando Provincial YAPACANI, condujeron en vehículo patrullero con la Sigla Y-4  en calidad de aprehendida a la Sra. SOLEDAD BERNAL HINOJOZA, por el supuesto delito de VIOLENCIA FAMILIAR O DOMESTICA Siendo víctima y denunciante OLIVIA AVILA ROCHA” que además se encuentra suscrita por Beatriz Quispe R. (sic [fs. 8]).

II.3.    De la Resolución 2/22 de 9 de abril de 2022 pronunciada por la Jueza de garantías, se advierte que los procesos penales de lesiones graves y leves y de violencia familiar o domestica que refieren Olivia Avila Rocha y Salomé Ugarte Choquehuanca -ahora accionantes- se encuentran con control jurisdiccional a cargo de un Juez de Instrucción Penal (fs. 19 a 23 vta.).