SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0844/2023-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0844/2023-S2

Fecha: 24-Ago-2023

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    Por Auto Interlocutorio de 15 de diciembre de 2020, el Juez Público Civil y Comercial Noveno de la Capital del departamento de Santa Cruz, determinó rechazar la tercería voluntaria formulada por Oliver Ronny Cuellar Roda -tercero interesado-, salvando sus derechos para accionar como corresponde (fs. 139 y vta.).

II.2.    Mediante memorial presentado el 7 de enero de 2021, el tercero interesado interpuso recurso de apelación contra el supra citado Auto Interlocutorio (fs. 141 a 153 vta.).

II.3.    A través de Auto de Vista 162 de 13 de abril de 2021, dictado por Mirian Rosell Terrazas y Oscar Jesús Menacho Angeleri, exvocales de la Sala Civil y Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar Doméstica y Pública Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz -demandados-, revocaron parcialmente el supra citado Auto Interlocutorio y anularon obrados hasta el Auto de aprobación de la base de remate, debiendo el Juez a quo, observar que la documentación respecto al bien hipotecado sea totalmente congruente y sin cambios ni contradicciones, y en caso de persistir la superposición con otros propietarios emergentes de un nuevo informe pericial, esos deben dilucidarse en la vía ordinaria correspondiente. Asimismo, dejó sin efecto cualquier actividad relacionada con el desapoderamiento; sin costas (fs. 158 a 161).