SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0868/2023-S3
Fecha: 09-Ago-2023
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución 85/2022 de 29 de junio, cursante de fs. 59 a 63 vta., pronunciada por la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro; y, en consecuencia:
1° CONCEDER en parte la tutela solicitada respecto del derecho al debido proceso en su elemento del derecho a la defensa, conforme a los fundamentos jurídicos expuestos en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.
a) Dejar sin efecto el Informe Final GAMO/UTLCC/GMPS/INF-FIN. 053/2021 de 3 de noviembre, ordenando la reconducción del proceso de gestión de denuncia del caso 082/21, conforme a lo establecido por el art. 25.IV de la Ley de Unidades de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción, para posteriormente emitirse un nuevo informe final.
2° DENEGAR la tutela solicitada, respecto al derecho a la honra y al principio de seguridad jurídica; además, de la imposición de costas y costos, conforme a los fundamentos jurídicos expuestos en este fallo constitucional.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori
MAGISTRADO
MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
MAGISTRADA