SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0879/2023-S3
Fecha: 10-Ago-2023
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; y, conforme el art. 44.1 del Código Procesal Constitucional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 047/2022 de 11 de julio, cursante de fs. 242 vta. a 247 vta., pronunciada por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí; y, en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada, conforme las razones y fundamentos expuestos en el presente fallo constitucional.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
MAGISTRADA
Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori
MAGISTRADO
[1] https://comunidad.org.bo/assets/archivos/publicacion/b7a9dcc5a341d22ec57ee9997abe0a3f.pdf