SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0859/2023-S2
Fecha: 28-Ago-2023
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR la Resolución 063/2022 de 19 de julio, cursante de fs. 292 a 297, pronunciada por la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba; y en consecuencia:
1º CONCEDER la tutela solicitada con relación a los derechos a la estabilidad laboral, al trabajo, a la salud, a la seguridad social y a la vida, así como la garantía de interpretación favorable de normas en materia del trabajo, conforme a los fundamentos expuestos en el presente fallo constitucional;
2º DENEGAR la tutela con relación a costos, costas, daños y perjuicios así como a la garantía de nulidad de normas que tiendan a burlar los efectos de los derechos laborales;
3º Dejar sin efecto el Memorándum EC-GG-ME-9/3-2022 9 de marzo; y,
4º Disponer que en el plazo de tres días hábiles a partir de su notificación con el presente fallo constitucional, la Empresa Eléctrica ENDE Corani S.A. proceda a la reincorporación del accionante al cargo que ocupaba al momento de su desvinculación, y el pago de salarios devengados desde su desvinculación hasta su efectiva reincorporación.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. MSc. Carlos Alberto Calderón Medrano
MAGISTRADO
Fdo. MSc. Brigida Celia Vargas Barañado
MAGISTRADA