SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0922/2023-S1
Fecha: 22-Ago-2023
II. CONCLUSIONES
Realizada la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en el expediente se establece lo siguiente:
II.1. Mediante nota presentada el 26 de abril de 2018, ante Víctor Araoz, Secretario General de SIRMES Oruro, Ademir Montaño Terán a tiempo de solicitar permiso a su inasistencia a la próxima asamblea programada, aclaró las gestiones realizadas como parte del Directorio, con referencia a la compra del inmueble para el funcionamiento de la sede del Sindicato (fs. 10 a 11).
II.2. A través de la nota presentada el 9 de mayo de 2019, ante Víctor Araoz, Secretario General de SIRMES Oruro, los ahora accionantes a tiempo de solicitar se considere las aclaraciones realizadas y una reuniones entre auditores del Directorio saliente y el actual Directorio, a fin de emitir un resultado por las diferencias existentes sobre todo en los montos económicos recibidos por la Federación de Sindicato de Ramas Médicas de Salud Pública (FESIRMES); por lo que, solicitaron sostener una reunión (fs. 12).
II.3. Por nota presentada el 28 de agosto de 2019, ante Víctor Araoz, Secretario General de SIRMES Oruro, los ahora accionantes solicitaron copias fotostáticas del Libro de Actas donde se informó y se decidió la compra del bien inmueble (fs. 13).
II.4. A través de la nota presentada el 13 de mayo de 2022, ante José Luis Villegas Yañez, Secretario General de SIRMES Oruro, los ahora solicitantes de tutela solicitaron copias fotostáticas del acta de asamblea donde se informó y se decidió por la compra del inmueble, además copias de acta de la gestión en la que se decidió continuar con los trámites acerca del inmueble comprado (fs. 14).
II.5. Por nota presentada el 19 de mayo de 2022, ante José Luis Villegas Yañez, Secretario General de SIRMES Oruro, los ahora solicitantes de tutela reiteraron su solicitud de copias legalizadas del Libro de Actas de la Asamblea en la que se informó y decidió sobre la compra del inmueble así como también copia del libro de actas donde se decidió continuar con el trámite acera de la compra del inmueble del sindicato; (fs. 15).
II.6. A través de la nota presentada el 26 de mayo de 2022, ante José Luis Villegas Yañez, Secretario General de SIRMES Oruro, los ahora solicitantes de tutela reiteraron su solicitud de extensión del libro de actas de la Asamblea General realizada en la que se informó y decidió por la compra del inmueble para el entidad sindical; asimismo, solicitaron copia del libro de actas en la que se decidió continuar con los trámites ante la Alcaldía Municipal (fs. 16).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- POR TANTO
- MAGISTRADA
- Que, al contrario, no se tendrá por violado el derecho de petición, cuando se la niega manifestándose el por qué no se da curso a la petición en forma positiva, pues el derecho de petición en su sentido esencial no implica que el peticionante tenga e