SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0666/2023-S4
Fecha: 01-Ago-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Consta memorial presentado el 3 de diciembre de 2018; por el cual, la Fiscalía Policial de Tarija acusó al solicitante de tutela por la comisión de faltas graves, conforme los arts. 12 numerales 5, 12, 14 y 25; 13 numerales 6 y 20; y, 14 numerales 8 y 14 de la Ley del Régimen Disciplinario de la Policía Boliviana, pidiendo audiencia pública al efecto (fs. 5 a 11).
II.2. Mediante RA 014/2019 de 24 de abril, emitida por el Tribunal Disciplinario Departamental de Tarija; por el cual, sancionó al impetrante de tutela con baja definitiva de la Policía Boliviana sin derecho a reincorporación (fs. 58 a 147).
II.3. A través de Resolución 010/2020 de 27 de enero, emitida por el Tribunal Disciplinario Superior Permanente de la Policía Boliviana, se declaró improbada la apelación interpuesta por el impetrante de tutela; en consecuencia, confirmó la precitada Resolución disciplinaria de primera instancia; en cuya base, se expidió el Memorándum de 20 de septiembre de 2021, respecto de la mencionada baja definitiva (fs. 148 a 179; y, 181).