SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0919/2023-S1
Fecha: 21-Ago-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa Auto de Sala Plena 05/2017 de 24 de marzo, a través del cual dicha instancia resolviendo el conflicto de competencias entre el Juzgado Público Civil y Comercial Octavo y el Juzgado de Partido de Trabajo y Seguridad Social, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario Tercero, ambos de la Capital del departamento de Oruro, declaró competente para conocer la demanda de ejecución de cobro coactivo fiscal, seguido por la Gerencia Regional Oruro de la Aduana Nacional contra Empresa Pública Nacional Estratégica Depósitos Aduaneros Bolivianos, al referido Juzgado de Partido de Trabajo y Seguridad Social, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario Tercero (fs. 3 a 6 vta.).
II.2. Por memorial de 5 de noviembre de 2018, modificado el 16 de igual mes y año, cursantes de fs. 375 a 377 y 379 a 380, la ANB interpuso demanda de ejecución de cobro coactivo fiscal contra DAB; por Auto de 12 noviembre de 2018, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario Primero de la Capital del departamento de Oruro, observó la demanda (fs. 378). Posteriormente, mediante Auto de 21 de noviembre de 2018, el Juez rechazó la demanda (fs. 381 a 384), apelada la referida Resolución, la Sala Especializada Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, a través del Auto de Vista AV-SECCA-SA- 84/2019 de 27 de junio, confirmó el Auto apelado (fs. 390 a 394 vta.).
II.3. A través del memorial de 5 de noviembre de 2018, modificado el 16 de igual mes y año, cursantes de fs. 404 a 406 y 408 a 409, la ANB interpuso demanda de ejecución de cobro coactivo fiscal contra DAB; por Auto de 12 noviembre de 2018, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario Primero de la Capital del departamento de Oruro, observó la demanda (fs. 407). Posteriormente, mediante Auto de 21 de noviembre de 2018, el Juez rechazó la demanda (fs.410 a 412), apelada la referida Resolución, la Sala Especializada Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, a través del Auto de Vista AV-SECCA-SA- 86/2019 de 27 de junio, confirmó el Auto apelado (fs. 418 a 422 vta.).
II.4. Mediante memorial de 5 de noviembre, modificado el 16 de igual mes y año, cursantes de fs. 436 a 439 y 441 a 442 vta., la ANB interpuso demanda de ejecución de cobro coactivo fiscal contra DAB; por Auto de 12 noviembre de 2018, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario Primero de la Capital del departamento de Oruro, observó la demanda (fs. 440). Posteriormente, por Auto de 21 de noviembre de 2018 el Juez rechazó la demanda (fs. 443 a 445 vta.), apelada la referida Resolución, la Sala Especializada Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, a través del Auto de Vista AV-SECCA-SA- 79/2019 de 27 de junio, confirmó el Auto apelado (fs. 450 a 454).
II.5. Por memorial de 5 de noviembre de 2018, modificada el 16 de igual mes y año, cursantes de fs. 471 a 473 vta. y fs. 476 a 477, la ANB interpuso demanda de ejecución de cobro coactivo fiscal contra DAB; por Auto de 12 noviembre de 2018, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario Primero de la Capital del departamento de Oruro, observó la demanda (fs. 475). Posteriormente, por Auto de 21 de noviembre de 2018 el Juez rechazó la demanda (fs. 478 a 480 vta.), apelada la referida Resolución, la Sala Especializada Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, a través del Auto de Vista AV-SECCA-SA 76/2019 de 26 de junio, confirmó el Auto apelado (fs. 485 a 489).
II.6. A través del memorial de 14 de mayo de 2018, cursante de fs. 503 a 506 vta., la ANB interpuso demanda de ejecución de cobro coactivo contra DAB; por Auto de 22 de junio de 2018, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario Primero de la Capital del departamento de Oruro, mantuvo la Resolución impugnada a través del recurso de reposición, y estando alternativamente planteada la apelación, concede en el efecto devolutivo (fs. 510 a 512). Impugnación que es resuelta por Auto de Vista AV-SECCA-SA- 77/2019 de 27 de junio que confirmó la Resolución impugnada (fs. 513 a 517 vta.).
II.7. Mediante memorial de 14 de junio de 2018, la ANB aclaró su pretensión contenida en la demanda interpuesta fs. 518 a 520 vta.; por Auto de 19 de similar mes y año, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario Primero de la Capital del departamento de Oruro, rechazó la demanda (fs. 521 a 524 vta.), apelada la referida Resolución, la Sala Especializada Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, a través del Auto de Vista AV-SECCASA 115/2019 de 1 de julio, confirmó el Auto apelado (fs. 530 a 535).
II.8. Por memorial de 8 de noviembre de 2018, modificado el 16 de igual mes y año, cursantes de fs. 537 a 540 y fs. 542 a 543 vta., la ANB interpuso demanda de ejecución de cobro coactivo fiscal contra DAB; por Auto de 12 noviembre de 2018 el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario Primero del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, observó la demanda (fs. 541), mediante Auto de 21 de noviembre de 2018, el Juez rechazó la demanda (fs. 544 a 546 vta.), apelada la referida Resolución, la Sala Especializada Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, a través del Auto de Vista AV-SECCASA 113/2019 de 1 de julio, confirmó el Auto apelado (fs. 552 a 557 vta.).
II.9. A través del memorial de 18 de junio de 2018, cursante de fs. 571 a 574 vta., la ANB interpuso demanda de ejecución de cobro coactivo contra DAB; por Auto de 12 noviembre de 2018, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario Primero del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, observó la demanda; como consecuencia del recurso de reposición con alternativa de apelación, por Auto 29/2018 de 22 de junio, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario Primero del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, mantuvo la Resolución impugnada, y estando alternativamente planteada la apelación, concede en el efecto devolutivo fs. 579 a 581. Impugnación que es resuelta por Auto de Vista AV-SECCA-SA 100/2019 de 28 de junio, que confirma la Resolución apelada (fs. 582 a 586 vta.).
II.10. Mediante memorial de 5 de noviembre de 2018, modificado el 16 de igual mes y año, cursantes de fs. 600 a 602 vta. y fs. 605 a 606, la ANB interpuso demanda de ejecución de cobro coactivo fiscal contra DAB; por Auto de 12 noviembre de 2018 el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario Primero del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, observó la demanda (fs. 604), mediante Auto de 21 de noviembre de 2018, el Juez rechazó la demanda (fs. 607 a 609 vta.), apelada la referida Resolución, la Sala Especializada Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, a través del Auto de Vista AV-SECCA-SA 101/2019 de 1 de julio, confirmó el Auto apelado (fs. 614 a 618 vta.).
II.11. Por memorial de 5 de noviembre de 2018, modificado el 16 de igual mes y año, cursantes de fs. 628 a 631 y fs. 633 a 634 vta., la ANB interpuso demanda de ejecución de cobro coactivo fiscal contra DAB; por Auto de 12 noviembre de 2018, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario Primero del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, observó la demanda (fs. 632), por Auto de 21 de noviembre de 2018, el Juez rechazó la demanda (fs. 635 a 637 vta.), apelada la referida Resolución, la Sala Especializada Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, a través del Auto de Vista AV-SECCA-SA 109/2019 de 1 de julio, confirmó el Auto apelado (fs. 643 a 647 vta.).
II.12. A través del memorial de 8 de noviembre de 2018, modificado el 16 de igual mes y año, cursantes de fs. 650 a 652 vta. y fs. 654 a 655, la ANB interpuso demanda de ejecución de cobro coactivo fiscal contra DAB; por Auto de 12 noviembre de 2018, la Jueza de Partido de Trabajo y Seguridad Social, Administrativa, Coactiva Fiscal y Tributaria Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, observó la demanda (fs. 653), por Auto de 21 de noviembre de 2018, la Jueza rechazó la demanda (fs. 656 a 659 vta.), apelada la referida Resolución, la Sala Especializada Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, a través del Auto de Vista AV-SECCASA 89/2019 de 27 de junio, confirmó el Auto apelado (fs. 661 a 666).
II.13. Mediante memorial de 5 de noviembre de 2018, modificado el 16 de igual mes y año, cursantes de fs. 674 a 676 vta. y fs. 678 a 679, la ANB interpuso demanda de ejecución de cobro coactivo fiscal contra DAB; por Auto de 12 noviembre de 2018, la Jueza de Partido de Trabajo y Seguridad Social, Administrativa, Coactiva Fiscal y Tributaria Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, observó la demanda (fs. 677), por Auto de 21 de noviembre de 2018, la Jueza rechazó la demanda (fs. 680 a 681 vta.), apelada la referida Resolución, la Sala Especializada Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, mediante Auto de Vista AV-SECCA-SA- 88/2019 de 28 de junio, confirmó el Auto apelado (fs. 685 a 689 vta.).
II.14. Por memorial presentado el 16 de noviembre de 2018, cursante de fs. 701 a 702, la ANB modifica demanda de ejecución de cobro coactivo contra DAB; por Auto de 21 noviembre de 2018, la Jueza de Partido de Trabajo y Seguridad Social, Administrativa, Coactivo Fiscal y Tributaria Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, rechazó la demanda (fs. 703 a 704 vta.), apelada la referida Resolución, la Sala Especializada Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, a través del Auto de Vista AV-SECCASA 85/2019 de 27 de junio, confirmó el Auto apelado (fs. 708 a 713).
II.15. A través del memorial de 8 de noviembre de 2018, modificado el 16 de igual mes y año, cursantes de fs. 715 a 718 y fs. 720 a 721 vta., la ANB interpuso demanda de ejecución de cobro coactivo fiscal contra DAB; por Auto de 12 noviembre de 2018, la Jueza de Partido de Trabajo y Seguridad Social, Administrativa, Coactiva Fiscal y Tributaria Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, observó la demanda (fs. 719), mediante Auto de 21 de noviembre de 2018, la Jueza rechazó la demanda (fs. 722 a 723 vta.), apelada la referida Resolución, la Sala Especializada Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, a través del Auto de Vista AV-SECCA-SA- 74/2019 de 25 de junio, confirmó el Auto apelado (fs. 728 a 732).
II.16. Mediante memorial de 16 de noviembre de 2018, cursante de fs. 734 a 735 vta., la ANB modificó la demanda de ejecución de cobro coactivo contra DAB; por Auto de 21 noviembre de 2018, la Jueza de Partido de Trabajo y Seguridad Social, Administrativa, Coactiva Fiscal y Tributaria Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, rechazó la demanda (fs. 736 a 737 vta.), apelada la referida Resolución, la Sala Especializada Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, mediante Auto de Vista AV-SECCA-SA- 92/2019 de 28 de junio, confirmó el Auto apelado (fs. 742 a 746).
II.17. Por memorial de 5 de noviembre de 2018, modificado el 16 de igual mes y año, cursantes de fs. 758 a 760 vta. y fs. 762 a 763, la ANB interpuso demanda de ejecución de cobro coactivo fiscal contra DAB; por Auto de 12 noviembre de 2018, la Jueza de Partido de Trabajo y Seguridad Social, Administrativa, Coactiva Fiscal y Tributaria Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, observó la demanda (fs. 761), mediante Auto de 21 de noviembre de 2018, la Jueza rechazó la demanda (fs. 764 a 765 vta.), apelada la referida Resolución, la Sala Especializada Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, a través del Auto de Vista AV-SECCA-SA- 91/2019 de 28 de junio, confirmó el Auto apelado (fs. 766 a 770 vta.).
II.18. A través del memorial de 5 de noviembre de 2018, modificado el 16 de igual mes y año, cursantes de fs. 772 a 774 vta. y fs. 776 a 777, la ANB interpuso demanda de ejecución de cobro coactivo fiscal contra DAB; por Auto de 12 noviembre de 2018, la Jueza de Partido de Trabajo y Seguridad Social, Administrativa, Coactiva Fiscal y Tributaria Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, observó la demanda (fs. 775), mediante Auto de 21 de noviembre de 2018, la Jueza rechazó la demanda (fs. 778 a 779 vta.), apelada la referida Resolución, la Sala Especializada Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, a través del Auto de Vista AV-SECCA-SA- 80/2019 de 27 de junio, confirmó el Auto apelado (fs. 783 a 787).
II.19. Mediante memorial de 5 de noviembre de 2018, cursante de fs. 795 a 798, la ANB interpuso demanda de ejecución de cobro coactivo fiscal contra DAB; por Auto de 21 noviembre de 2018, la Jueza de Partido de Trabajo y Seguridad Social, Administrativa, Coactiva Fiscal y Tributaria Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, rechazó la demanda (fs. 799 a 800 vta.), apelada la referida Resolución, la Sala Especializada Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, a través del Auto de Vista AV-SECCASA 83/2019 de 27 de junio, confirmó el Auto apelado (fs. 804 a 809).
II.20. Por memorial de 5 de noviembre de 2018, cursante de fs. 811 a 813 vta., la ANB interpuso demanda de ejecución de cobro coactivo fiscal contra DAB; por Auto de 12 noviembre de 2018, la Jueza de Partido de Trabajo y Seguridad Social, Administrativa, Coactiva Fiscal y Tributaria Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, observó la demanda (fs. 814), interpuesto el recurso de apelación contra el Auto de 21 de noviembre de 2018, a través del cual, la Jueza rechazó la demanda (fs. 815 a 816 vta.), la Sala Especializada Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, a través del Auto de Vista AV-SECCASA 82/2019 de 27 de junio, confirmó el Auto apelado (fs. 818 a 823).
II.21. A través del memorial de 31 de octubre de 2018, cursantes de fs. 835 a 837 vta., la ANB interpuso demanda de ejecución de cobro coactivo fiscal contra DAB; por Auto de 12 noviembre de 2018, la Jueza de Partido de Trabajo y Seguridad Social, Administrativa, Coactiva Fiscal y Tributaria Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, observó la demanda (fs. 838), mediante Auto de 21 de noviembre de 2018, la Jueza rechazó la demanda (fs. 839 a 840 vta.), apelada la referida Resolución, la Sala Especializada Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, a través del Auto de Vista AV-SECCASA 90/2019 de 27 de junio, confirmó el Auto apelado (fs. 844 a 849).
II.22. Mediante memorial de 5 de noviembre de 2018, modificado el 16 de igual mes y año, cursantes de fs. 858 a 861 y 863 a 864 vta., la ANB interpuso demanda de ejecución de cobro coactivo fiscal contra DAB; por Auto de 12 noviembre de 2018, la Jueza de Partido de Trabajo y Seguridad Social, Administrativa, Coactiva Fiscal y Tributaria Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, observó la demanda (fs. 862), mediante Auto de 21 de noviembre de 2018, la Jueza rechazó la demanda (fs. 865 a 866 vta.), apelada la referida Resolución, la Sala Especializada Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, a través del Auto de Vista AV-SECCASA 87/2019 de 27 de junio, confirmó el Auto apelado (fs. 871 a 876).
II.23. Por memorial de 5 de noviembre de 2018, modificada el 16 de igual mes y año, cursantes de fs. 887 a 889 vta. y fs. 891 a 892, la ANB interpuso demanda de ejecución de cobro coactivo fiscal contra DAB; por Auto de 12 noviembre de 2018, la Jueza de Partido de Trabajo y Seguridad Social, Administrativa, Coactiva Fiscal y Tributaria Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, observó la demanda (fs. 890). Posteriormente, mediante Auto de 21 de noviembre de 2018, la Jueza rechazó la demanda (fs. 778 a 779 vta.), apelada la referida Resolución, la Sala Especializada Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, a través del Auto de Vista AV-SECCASA 78/2019 de 27 de junio, confirmó el Auto apelado (fs. 898 a 903).
II.24. A través del memorial de 14 de mayo de 2018, cursante de fs. 912 a 915 vta., la ANB interpuso demanda de ejecución de cobro coactivo contra DAB; por Auto de 8 junio de 2018, la Jueza de Partido de Trabajo y Seguridad Social, Administrativo, Coactiva Fiscal y Tributaria Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, observó la demanda (fs. 916). Interpuesto el recurso de reposición con alternativa de apelación, mediante Auto de 20 de junio de 2018, el Juez mantuvo firme el Auto de observación y concedió la apelación (fs. 921 a 925), por efecto, la Sala Especializada Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, a través del Auto de Vista AV-SECCA-SA- 81/2019 de 27 de junio, confirmó el Auto apelado (fs. 926 a 930).
II.25. Mediante memorial de 15 de octubre de 2018, cursante de fs. 942 a 946, la ANB interpuso demanda de ejecución de cobro coactivo contra DAB; por providencia de 18 de igual mes y año, la Jueza de Partido de Trabajo y Seguridad Social, Administrativo, Coactiva Fiscal y Tributaria Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, observó la demanda (fs. 947). Interpuesto el recurso de reposición con alternativa de apelación, mediante Auto de 1 de noviembre de 2018, la Jueza mantuvo firme el Auto de observación y concedió la apelación (fs. 954 a 957 vta.), por efecto, la Sala Especializada Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, a través del Auto de Vista AV-SECCASA 94/2019 de 28 de junio, confirmó el Auto apelado (fs. 958 a 961).
II.26. Por memorial de 5 de noviembre de 2018, modificado el 16 de igual mes y año, cursantes de fs. 971 a 973 vta. y 975 a 976, la ANB interpuso demanda de ejecución de cobro coactivo fiscal contra DAB; por Auto de 12 noviembre de 2018, la Jueza de Partido de Trabajo y Seguridad Social, Administrativo, Coactiva Fiscal y Tributaria Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, observó la demanda (fs. 974). Posteriormente, mediante Auto de 21 de noviembre de 2018, la Jueza rechazó la demanda (fs.977 a 778 vta.), apelada la referida Resolución, la Sala Especializada Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, a través del Auto de Vista AV-SECCA-SA- 97/2019 de 28 de junio, confirmó el Auto apelado (fs. 982 a 986 vta.).
II.27. A través del memorial de 5 de noviembre de 2018, modificada el 16 de igual mes y año, cursantes de fs. 995 a 997 vta. y 999 a 1000, la ANB interpuso demanda de ejecución de cobro coactivo fiscal contra DAB; por Auto de 12 noviembre de 2018, la Jueza de Partido de Trabajo y Seguridad Social, Administrativo, Coactiva Fiscal y Tributaria Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, observó la demanda (fs. 998). Posteriormente, mediante Auto de 21 de noviembre de 2018, la Jueza rechazó la demanda (fs.1001 a 1002 vta.), apelada la referida Resolución, la Sala Especializada Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, a través del Auto de Vista AV-SECCA-SA- 96/2019 de 28 de junio, confirmó el Auto apelado (fs. 1006 a 1010 vta.).
II.28. Mediante memorial de 8 de mayo de 2018, aclarado el 23 de igual mes y año, cursantes de fs. 1022 a 1025 vta. y 1027 a 1028, la ANB interpuso demanda de ejecución de cobro coactivo contra DAB; por Auto de 11 mayo de 2018, la Jueza de Partido de Trabajo y Seguridad Social, Administrativo, Coactiva Fiscal y Tributaria Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, observó la demanda (fs. 1026). Posteriormente, mediante Auto de 28 de mayo de 2018, la Jueza se declaró sin competencia para conocer la demanda (fs.1029 a 1030), apelada la referida Resolución, la Sala Especializada Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, a través del Auto de Vista AV-SECCA-SA- 99/2019 de 28 de junio, confirmó el Auto apelado (fs. 1036 a 1040 vta.).
II.29. Por memorial de 15 de octubre de 2018, aclarado el 24 de igual mes y año, cursantes de fs. 1049 a 1052 vta. y 1054 a 1056, la ANB interpuso demanda de ejecución de cobro coactivo contra DAB; por Auto de 18 de octubre de 2018, la Jueza de Partido de Trabajo y Seguridad Social, Administrativo, Coactiva Fiscal y Tributaria Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, observó la demanda (fs. 1053). Por efecto del recurso de reposición, mediante Auto de 12 de noviembre de 2018, la Jueza mantuvo firme el Auto cuestionado y concedió la apelación alternativamente planteada (fs.1064 a 1067 vta.). Posteriormente, la Sala Especializada Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, a través del Auto de Vista AV-SECCASA 93/2019 de 28 de junio, confirmó el Auto apelado (fs. 1068 a 1071).
II.30. A través del memorial de 5 de noviembre de 2018, modificado el 16 de igual mes y año, cursantes de fs. 1078 a 1080 vta. y 1082 a 1083, la ANB interpuso demanda de ejecución de cobro coactivo fiscal contra DAB; por Auto de 12 noviembre de 2018, la Jueza de Partido de Trabajo y Seguridad Social, Administrativo, Coactiva Fiscal y Tributaria Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, observó la demanda (fs. 1081). Posteriormente, mediante Auto de 21 de noviembre de 2018, la Jueza rechazó la demanda (fs.1084 a 1085 vta.), apelada la referida Resolución, la Sala Especializada Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, a través del Auto de Vista AV-SECCA-SA- 95/2019 de 28 de junio, confirmó el Auto apelado (fs. 1089 a 1093 vta.).
II.31. Cursa Auto de Vista Auto de Vista AV-SECCASA 112/2019 de 1 de julio, emitida por la Sala Especializada Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, a través del cual confirma el Auto de 21 de noviembre de 2018, mediante el cual el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario Tercero del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, rechazó la demanda de ejecución de cobro coactivo fiscal, interpuesta por la ANB contra DAB (fs. 158 a 163).
II.32. Mediante memorial de 5 de noviembre de 2018, modificado el 16 de igual mes y año, cursantes de fs. 1103 a 1105 vta. y 1107 a 1109, la ANB interpuso demanda de ejecución de cobro coactivo fiscal contra DAB; por Auto de 13 noviembre de 2018, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario Tercero del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, observó la demanda (fs. 1106). Posteriormente, mediante Auto de 21 de noviembre de 2018, el Juez rechazó la demanda (fs.1110 a 1111 vta.), apelada la referida Resolución, la Sala Especializada Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, a través del Auto de Vista AV-SECCASA 111/2019 de 1 de julio, confirmó el Auto apelado (fs. 1116 a 1121).
II.33. Por memorial de 5 de noviembre de 2018, cursante de fs. 1129 a 1131 vta., la ANB interpuso demanda de ejecución de cobro coactivo fiscal contra DAB; por Auto de 13 noviembre de 2018, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario Tercero del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, observó la demanda (fs. 1132). Posteriormente, mediante Auto de 21 de noviembre de 2018, el Juez rechazó la demanda (fs.1133 a 1134 vta.), apelada la referida Resolución, la Sala Especializada Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, a través del Auto de Vista AV-SECCASA 103/2019 de 1 de julio, confirmó el Auto apelado (fs. 1139 a 1144).
II.34. A través del memorial de 5 de noviembre de 2018, cursante de fs. 1158 a 1161, la ANB interpuso demanda de ejecución de cobro coactivo fiscal contra DAB; por Auto de 13 noviembre de 2018, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario Tercero del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, observó la demanda (fs. 1162). Posteriormente, mediante Auto de 21 de noviembre de 2018, el Juez rechazó la demanda (fs.1163 a 1164 vta.), apelada la referida Resolución, la Sala Especializada Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, mediante el Auto de Vista AV-SECCASA 108/2019 de 1 de julio, confirmó el Auto apelado (fs. 1169 a 1174).
II.35. Mediante memorial de 5 de noviembre de 2018, modificada el 16 de igual mes y año, cursantes de fs. 1183 a 1185 vta. y 1187 a 1188 vta., la ANB interpuso demanda de ejecución de cobro coactivo fiscal contra DAB; por Auto de 13 noviembre de 2018, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario Tercero de la Capital del departamento de Oruro, observó la demanda (fs. 1186). Posteriormente, mediante Auto de 21 de noviembre de 2018, el Juez rechazó la demanda (fs.1190 a 1191 vta.), apelada la referida Resolución, la Sala Especializada Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, a través del Auto de Vista AV-SECCASA 102/2019 de 1 de julio, confirmó el Auto apelado (fs. 1196 a 1201).
II.36. Por memorial de 5 de noviembre de 2018, modificada el 16 de igual mes y año, cursantes de fs. 1211 a 1214 y 1216 a 1218, la ANB interpuso demanda de ejecución de cobro coactivo fiscal contra DAB; por Auto de 13 noviembre de 2018, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario Tercero de la Capital del departamento de Oruro, observó la demanda (fs. 1215). Posteriormente, mediante Auto de 21 de noviembre de 2018, el Juez rechazó la demanda (fs.1219 a 1220 vta.), apelada la referida Resolución, la Sala Especializada Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, a través del Auto de Vista AV-SECCASA 105/2019 de 1 de julio, confirmó el Auto apelado (fs. 1225 a 1230).
II.37. A través del memorial de 5 de noviembre de 2018, modificada el 16 de igual mes y año, cursantes de fs. 1238 a 1240 vta. y 1242 a 1243 vta., la ANB interpuso demanda de ejecución de cobro coactivo fiscal contra DAB; por Auto de 13 noviembre de 2018, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario Tercero de la Capital del departamento de Oruro, observó la demanda (fs. 1241). Posteriormente, mediante Auto de 21 de noviembre de 2018, el Juez rechazó la demanda (fs.1244 a 1245 vta.), apelada la referida Resolución, la Sala Especializada Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, a través del Auto de Vista AV-SECCASA 106/2019 de 1 de julio, confirmó el Auto apelado (fs. 1249 a 1253 vta.).
II.38. Mediante memorial de 5 de noviembre de 2018, modificada el 16 de igual mes y año, cursantes de fs. 1264 a 1267 y 1269 a 1271, la ANB interpuso demanda de ejecución de cobro coactivo fiscal contra DAB; por Auto de 13 noviembre de 2018, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario Tercero de la Capital del departamento de Oruro, observó la demanda (fs. 1268). Posteriormente, mediante Auto de 21 de noviembre de 2018, el Juez rechazó la demanda (fs.1272 a 1273 vta.), apelada la referida Resolución, la Sala Especializada Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, a través del Auto de Vista AV-SECCASA 107/2019 de 1 de julio, confirmó el Auto apelado (fs. 1279 a 1284).
II.39. Por memorial de 5 de noviembre de 2018, modificada el 16 de igual mes y año, cursantes de fs. 1293 a 1295 vta. y 1297 a 1299, la ANB interpuso demanda de ejecución de cobro coactivo fiscal contra DAB; por Auto de 13 noviembre de 2018, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario Tercero de la Capital del departamento de Oruro, observó la demanda (fs. 1296). Posteriormente, mediante Auto de 21 de noviembre de 2018, el Juez rechazó la demanda (fs.1300 a 1304), apelada la referida Resolución, la Sala Especializada Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, a través del Auto de Vista AV-SECCASA 110/2019 de 1 de julio, confirmó el Auto apelado (fs. 1306 a 1311).
II.40. A través del memorial de 5 de noviembre de 2018, modificada el 16 de igual mes y año, cursantes de fs. 1322 a 1324 vta., y 1326 a 1328, la ANB interpuso demanda de ejecución de cobro coactivo fiscal contra DAB; por Auto de 13 noviembre de 2018, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario Tercero de la Capital del departamento de Oruro, observó la demanda (fs. 1325). Posteriormente, mediante Auto de 21 de noviembre de 2018, el Juez rechazó la demanda (fs.1329 a 1330 vta.), apelada la referida Resolución, la Sala Especializada Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, a través del Auto de Vista AV-SECCASA 104/2019 de 1 de julio, confirmó el Auto apelado (fs. 1335 a 1339 vta.).