SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0966/2023-S3
Fecha: 29-Ago-2023
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 061/2022 de 19 de agosto, cursante de fs. 114 a 121, pronunciada por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí; y en consecuencia:
1° CONCEDER la tutela solicitada, conforme a los fundamentos jurídicos expuestos en el presente fallo constitucional; y,
2° Dejar sin efecto la medida cautelar de prohibición de innovar dispuesta por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, con la aclaración que las partes de considerar la pertinencia de la aplicación de alguna medida cautelar sobre el bien inmueble, pueden acudir ante la autoridad llamada por ley para el efecto.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori
MAGISTRADO
Fdo. MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
MAGISTRADA