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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0885/2023-S4
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0885/2023-S4

    Fecha: 11-Sep-2023

    I.  Ante la Superintendencia Tributaria son admisibles únicamente los siguientes Recursos Administrativos: | III. El Recurso Jerárquico solamente es admisible contra la Resolución que resuelve el Recurso de Alzada. | IV. La interposición del Recurso

    a)  Recurso de Alzada; y,

    b)  Recurso Jerárquico.

    • Encabezado
    • I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
    • II. CONCLUSIONES
    • III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
    • I.  Ante la Superintendencia Tributaria son admisibles únicamente los siguientes Recursos Administrativos: | III. El Recurso Jerárquico solamente es admisible contra la Resolución que resuelve el Recurso de Alzada. | IV. La interposición del Recurso
    • II.   El Recurso de Alzada no es admisible contra medidas internas, preparatorias de decisiones administrativas, incluyendo informes y Vistas de Cargo u otras actuaciones administrativas previas incluidas las Medidas Precautorias que se adoptaren a l
    • I.   Ante la Superintendencia Tributaria son admisibles únicamente los siguientes Recursos Administrativos:
    • II. El Recurso de Alzada es admisible sólo contra los siguientes actos definitivos de la Administración Tributaria de alcance particular:
    • III. El Recurso Jerárquico solamente es admisible contra la resolución que resuelve el Recurso de Alzada’” (las negrillas nos corresponden).
    • POR TANTO

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