SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0890/2023-S2
Fecha: 05-Sep-2023
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR la Resolución 125/2022 de 21 de julio, cursante de fs. 338 a 341 vta., pronunciada por la Sala Constitucional Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; y en consecuencia:
1° CONCEDER la tutela solicitada, respecto al debido proceso en sus elementos de fundamentación, motivación y congruencia, conforme a los fundamentos expuestos en este fallo constitucional, disponiendo dejar sin efecto la Resolución RSP-AP 446/2019 de 13 de diciembre, debiendo los Consejeros demandados emitir un nuevo fallo en el término de setenta y dos horas, computables a partir del día hábil siguiente a su notificación con la presente Sentencia Constitucional Plurinacional; y,
2° DENEGAR la tutela con relación a los derechos a la tutela judicial efectiva, al acceso, a la justicia, a la dignidad humana, al trabajo y a la petición.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
MSc. Brigida Celia Vargas Barañado
MAGISTRADA
MSc. Carlos Alberto Calderón Medrano
MAGISTRADO