SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1044/2023-S1
Fecha: 06-Sep-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Consta Contrato de Reconocimiento de Deuda y Compromiso de Pago, suscrito entre SOBOCE S.A. -ahora codemandada- y la Empresa Constructora “LEVON” S.A. SUCURSAL BOLIVIA -ahora accionante-, de 2 de abril de 2019, con reconocimiento de firmas 0537418 de igual fecha, ante Notario de Fe Pública 44 de La Paz (fs. 98 a 101 vta.).
II.2. Por memorial presentado el 19 de agosto de 2021, SOBOCE S.A. planteó medida cautelar y solicitó embargo preventivo de los recursos que garantiza la boleta de garantía de cumplimiento 69326, ante el Juez Público Civil y Comercial de turno de la Capital del departamento de La Paz (fs. 162 a 164 vta.).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Se aclara que, si bien, en el marco de la jurisprudencia desarrollada por este Tribunal Constitucional Plurinacional, las acciones vinculadas a medidas o vías de hecho, constituyen una excepción a la aplicación del principio de subsidiariedad, por ta