SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1062/2023-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1062/2023-S3

Fecha: 26-Sep-2023

En ese contexto, corresponde a través de la presente acción de tutela proteger el ejercicio de los derechos señalados en su dimensión colectiva, no pudiendo quebrantarse el equilibrio ecológico a través de prácticas que no cuentan con ningún respaldo

Consiguientemente, la situación planteada se encuentra dentro de las previsiones y alcances de la acción popular, ya que la inobservancia de disposiciones legales encaminadas a prevenir impactos ambientales negativos en la zona, dieron lugar a la contaminación del aire, privando a las personas que viven en ese lugar de un medio ambiente sano, saludable y equilibrado, debiendo concederse la tutela solicitada.

Respecto a la denuncia de vulneración de los derechos a la vivienda y la educación, el Alcalde accionante no expuso con fundamentos jurídicos constitucionales de qué manera se hubiesen vulnerado dichos derechos, lo que impide a esta Sala del Tribunal Constitucional Plurinacional pronunciarse al respecto.

En consecuencia, la Jueza de garantías, al conceder en parte la tutela solicitada, obró de manera correcta.

POR TANTO

El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución de 23 de mayo de 2023, cursante de fs. 166 a 172, pronunciada por la Jueza Pública de Familia y de Partido del Trabajo y Seguridad Social Primera de Punata del departamento de Cochabamba; y, en consecuencia:

  CONCEDER en parte la tutela solicitada, respecto al derecho al medio ambiente, al habitad y la salud, en los mismos términos establecidos en la parte dispositiva de la Resolución venida en revisión.

2°  DENEGAR la tutela solicitada respecto a los derechos a la vivienda y la educación.

Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.

Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori

MAGISTRADO

Fdo. MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas

MAGISTRADA